TSJPV confirma 4 años de cárcel al director de una vivienda para la tercera edad por abusar sexualmente de una usuaria

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ratifica la condena por abuso sexual y la indemnización de 9.000 euros a la víctima, rechazando el recurso del acusado por insuficiencia de pruebas

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado los cuatro años de prisión impuestos por la Audiencia Provincial de Vizcaya al director de una vivienda comunitaria para la tercera edad, de titularidad privada, por abusar sexualmente de una usuaria en junio de 2021.

Según ha informado el TSJPV, en su sentencia rechaza el recurso de apelación contra la sentencia de la Audiencia vizcaína interpuesto por el varón en el que, entre otras cuestiones, argumentó error en la valoración de la prueba y ausencia de credibilidad y verosimilitud en el relato de la víctima.

El Superior vasco, sin embargo, considera que el testimonio de la mujer "cumple con los tres elementos del test de confiabilidad técnica diseñado por el Tribunal Supremo, en cuanto a la ausencia de incredibilidad subjetiva y objetiva, y a la persistencia en la incriminación".

Además, el TSJPV asegura que del examen de la apreciación de la prueba llevada a cabo por la Audiencia de Bizkaia "no cabe deducir el error de valoración que le imputa la parte recurrente".

"El tribunal enjuiciador ha desarrollado un análisis racional y lógico del testimonio de la afirmada víctima desde la perspectiva de los parámetros orientativos establecidos por el Tribunal Supremo para determinar el grado de credibilidad y fiabilidad de dicho testimonio, concluyendo que se cumplen todos ellos y por ello le otorga credibilidad", dice el TSJPV.

Añade que la prueba sobre la que la Audiencia vizcaína ha fundado su decisión "guarda perfecta correspondencia con el acervo probatorio obrante en las actuaciones, reúne los requisitos de validez y suficiencia incriminatoria, y ha sido valorada por el tribunal de instancia sin error y de acuerdo con las reglas de la lógica y las máximas de experiencia".

El TSJPV recuerda en su resolución, que no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, que el relato de la víctima contó además con elementos objetivos de corroboración periférica que refuerzan su credibilidad, como fue la presencia de un testigo que presenció gran parte del hecho denunciado por ella.

Además de los cuatro años de prisión por un delito de abuso sexual, la Audiencia vizcaína impuso al acusado el pago de una indemnización a la mujer de 9.000 euros por los daños morales causados, así como la prohibición de comunicarse o acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante cinco años, entre otras medidas, que son confirmadas ahora por el TSJPV.

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