Madrid, 2 abr (EFE).- El fin de las 'Golden Visa' para extranjeros no comunitarios, que permitía obtener el visado de residencia, entre otras operaciones, con la compra de inmuebles de más de 500.000 euros en España, será una realidad este jueves con la entrada en vigor de la Ley Orgánica de eficacia del Servicio Público de Justicia.
Estos visados se aprobaron por el Gobierno del PP en 2013 tras el pinchazo de la burbuja inmobiliaria y hasta 2023 se habían registrado más de 14.500 permisos por inversiones inmobiliarias, registrando en los últimos años un notable crecimiento coincidiendo con el brexit y la guerra de Ucrania.
Fue hace justo un año cuando el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció sus planes para eliminar este tipo de visados ya que aseguró que estaban provocando problemas de acceso a la vivienda en ciertas ciudades y defendió que la vivienda es un derecho y "no un mero negocio especulativo".
Las 'Golden Visa' permitían obtener el visado de residencia por la compra de inmuebles de más de 500.000 euros en España o por inversiones en depósitos bancarios, deuda pública, acciones, fondos de inversión y proyectos empresariales de interés general.
Barcelona, Madrid, Málaga, Alicante, Baleares y Valencia han concentrado el 90 % de todas las autorizaciones concedidas en estos años, que han beneficiado en su mayoría a chinos y rusos.
Además del fin de las 'Golden Visa', y después de que varios países del entorno hayan endurecido o revisado estos permisos, el Gobierno quiere también limitar la compra de vivienda por parte de extranjeros no comunitarios introduciendo un desincentivo fiscal, que habrá que ver si pasa por un IVA del 100 % o a través del Impuesto de Transmisiones.
Desde el sector creen que la medida tendrá un impacto muy limitado, ya que ni las localizaciones ni el producto que compran estos inversores es el que demanda el ciudadano medio en España y lamentan que se dé un mensaje negativo hacia los inversores internacionales.
Además, desde este jueves, los nuevos pisos turísticos necesitarán la aprobación expresa de la comunidad de propietarios con un respaldo de tres quintas partes y, sin este consentimiento, los dueños podrán exigir el cese inmediato.
Se trata de la misma mayoría que se requerirá para acordar cuotas especiales o un incremento en la participación de los gastos comunes de la vivienda donde se realice la actividad siempre que no supongan un alza superior al 20 %.
Con la entrada en vigor de la citada Ley Orgánica, que modifica la ley de Propiedad Horizontal, se quiere "empoderar" a las comunidades de vecinos, que podrán dar o no el visto bueno a los alquileres turísticos ante la proliferación que experimentan en nuestro país y los problemas de acceso a una vivienda.
Esta nueva regulación no afectará, sin embargo, a los propietarios que ya tuvieran pisos turísticos antes de esta fecha, que podrán seguir desarrollando su actividad.
Junto a ello, el Ejecutivo ha creado además un registro único para evitar el fraude con la comercialización de alquileres de corta duración, entre ellos los turísticos, y cuya aplicación se hará efectiva el próximo 1 de julio. EFE
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