Sevilla, 25 mar (EFE).- Algunos de los abogados defensores del caso de los ERE en Andalucía han apuntado este martes que "no existe ni existirá", a su juicio, el menor mandato comunitario de la UE que sugiera a jueces nacionales "desacatar" una orden del Tribunal Constitucional (TC) al declarar la nulidad por vulneración de un derecho fundamental.
Estas declaraciones se producen después de que el presidente del TC, Cándido Conde Pumpido, haya pedido un informe a los letrados de la corte de garantías para estudiar si la Audiencia de Sevilla puede elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) por el caso de los ERE de Andalucía.
El tribunal sevillano cuestionó hace unos días que el amparo concedido por el Constitucional a condenados del caso ERE como los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán fuera del todo "compatible" con el derecho de la Unión Europea, y pidió opinión a las partes sobre si la corte de garantías se "extralimitó" e "invadió" ámbitos reservados a los jueces.
Una vez analizados los precedentes que se citan de aplicación, las defensas consultadas por EFE sostienen que es una cuestión jurídica que no tiene absolutamente nada que ver con el caso de los ERE.
A juicio de estas partes, la doctrina que se pretende citar como aplicable de manera impropia determina que los jueces de los Estados miembros pueden, antes de dictar sentencia, entender aplicable el ordenamiento comunitario como norma superior por el principio de supremacía y no aplicar por tanto un criterio interpretativo emanado del Constitucional.
Las defensas sostienen que este no es el caso de los ERE, donde la corte española de garantías declaró nula cerca de un 90 por cierto de la sentencia, una nulidad que -en opinión de esas partes- resulta "intocable" y sobre la que la Audiencia de Sevilla no tiene nada más que acatarla.
Por tanto, el tribunal sevillano no tendría margen de actuación ni libertad para cambiar lo ya resuelto en firme por el Constitucional.
En cambio, han continuado las fuentes, en el diez por cierto restante en el que el TC ha ordenado dictar nueva sentencia, la Audiencia sí sería libre de aplicar su criterio.
Las defensas apuntan incluso a que las acusaciones planteen una cuestión prejudicial en "una suerte de rebeldía o negativa" a acatar y cumplir lo que manda y ordena el Tribunal Constitucional. EFE
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