El CSIC, a un paso de juicio por la muerte de dos científicos en un alud en la Val d'Aran

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Barcelona, 16 mar (EFE).- La Audiencia de Lleida ha dejado a un paso de juicio a tres responsables del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y a la propia agencia estatal, como responsable civil subsidiaria, por la muerte de dos trabajadores en un alud en una expedición a la Val d'Aran.

En un auto, al que ha tenido acceso EFE, la sección primera de la Audiencia de Lleida revoca la decisión del juzgado de Vielha de exculpar al CSIC de la muerte de los montañeros, ocurrida en marzo de 2018, y acuerda mantener imputados a dos responsables del proyecto científico y al jefe del Servicio de Prevención de Riegos en Cataluña.

En la causa estuvieron imputados la expresidenta del CSIC Rosa Menéndez, así como los responsables de Recursos Humanos y Riesgos Laborales de la agencia, pero el juzgado de Vielha que investigaba el caso lo archivó al considerar que la expedición a la Val d'Aran donde ocurrió el alud se llevó a cabo en condiciones seguras.

El accidente ocurrió el 22 de marzo de 2018, cuando tres miembros de una expedición científica destinada a recoger muestras de agua del lago Redon para un proyecto del CSIC fueron arrastrados por un alud en la Vall de Conangles del Val d'Aran que les precipitó por una roca vertical de 90 metros de altura.

En el accidente, resultó herido grave Roberto Sánchez, investigador de Lasarte (Guipúzcoa) contratado como técnico superior para el CSIC, y fallecieron las dos personas que le acompañaban: el salmantino Gaspar Giner Abati, un biólogo que había trabajado en esta empresa pública, y el montañero Unai Pérez de Arenaza, vecino de Bergara (Guipúzcoa).

A raíz del recurso de los familiares de las víctimas, la Audiencia de Lleida ha concluido que no se pueden descartar "indicios racionales" de delitos contra la seguridad e higiene en el trabajo, lesiones y homicidios imprudentes en los responsables directos de la expedición y en el CSIC, como responsable civil subsidiario.

En ese sentido, recuerda la Audiencia que el informe elaborado por Inspección de Trabajo "destacó la omisión casi completa de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales" y que "se dejó a la voluntad de los trabajadores el ascenso al lago como único criterio preventivo".

El tribunal recalca además que, según ese informe, no hubo "formación preventiva" para el montañero herido grave y que todo apunta a que el plan de prevención de riesgos laborales para trabajos de alta montaña que esgrimió el CSIC "fue elaborado con posterioridad al accidente".

De hecho, los científicos fallecidos habían sido reclutados verbalmente por el director del proyecto investigado Luis C. unos días antes de la salida de la expedición sin realizar ningún trámite administrativo previo, ni gestionar ninguna hoja de pedido de contratación y sin que la gerencia del CSIC autorizase gastos relacionado con su intervención en la campaña de toma de muestras.

En mayo de 2022, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) avaló que los dos trabajadores fallecidos fueron empleados por la agencia estatal, pese a que no tenían contrato. EFE

rg-si/mg/bal

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