Un juez procesa al hermano de Ximo Puig por estafa y falsedad para recibir subvenciones

El juez investiga a Francisco Puig por estafa y falsedad documental en la obtención de subvenciones para promocionar el valenciano, junto a otros administradores de empresas beneficiadas entre 2015 y 2018

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València, 31 ene (EFE).- El titular del Juzgado de Instrucción número 4 de València ha decidido procesar al hermano del expresidente de la Generalitat Valenciana Ximo Puig como supuesto autor de los delitos de estafa y falsedad documental en el cobro de subvenciones de la administración autonómica.

En un auto, el magistrado acuerda incoar procedimiento abreviado contra Francisco Puig y Juan Enrique Adell, administradores de Comunicacions dels Ports SA y Canal Maestrat SL en el marco de la causa en la que se investigan subvenciones de la administración regional para el fomento del valenciano en medios de comunicación que percibieron ambas empresas y una tercera, Mas Mut Produccions SL (administrada también por el primero de ellos) entre los años 2015 y 2018.

Francisco Puig es hermano del socialista Ximo Puig, que fue presidente de la Generalitat Valenciana entre 2015 y 2023.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana, el magistrado considera, a partir de la instrucción llevada a cabo, que los hechos podrían ser constitutivos de delitos de estafa y falsedad documental.

No obstante, la resolución, a la que ha tenido acceso EFE, descarta expresamente la comisión del delito de fraude en las subvenciones porque la cantidad supuestamente percibida de forma indebida por los investigados y sus sociedades, en torno a unos 67.500 euros, no alcanza la cuantía de 120.000 euros que requería el tipo penal vigente en el momento de los hechos.

El escrito detalla los indicios que apuntan al uso por parte de los investigados de "facturas falsas, sociedades instrumentales, domicilios ficticios o actividades no relacionadas con las subvenciones para obtenerlas", según las fuentes.

El juzgado da ahora un plazo de diez días al Ministerio Fiscal y las acusaciones personadas en el procedimiento a fin de que soliciten el sobreseimiento de la causa o la apertura de juicio oral mediante la presentación de escrito de acusación. El auto no es firme y puede ser recurrido en reforma. EFE

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