
La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a 13 años de prisión a un hombre de 33 años que violó a una menor de 13 en agosto de 2023 en Burlada.
Según recoge la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, el procesado, de nacionalidad marroquí, no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 300 metros durante 15 años y, además, deberá cumplir la medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, con una duración máxima de 10 años.
En concepto de responsabilidad civil, el inculpado indemnizará a la víctima con 20.000 euros por el daño moral originado y con 225 euro más por las lesiones, según ha informado el TSJN.
La noche del 16 al 17 de agosto de 2023, la menor, acompañada de una amiga de 17 años, acudió a Burlada con motivo de las fiestas de la localidad. A lo largo de la noche ingirió "una cantidad importante de bebidas alcohólicas", recoge la sentencia.
Sobre las 1.30 horas, ambas abandonaron el recinto ferial. Se dirigieron por la calle Ermita hacia la calle Nogalera en búsqueda de la parada del autobús urbano con el fin de regresar a sus domicilios. En ese momento, las dos jóvenes se encontraron con el acusado y con otros dos varones que le acompañaban, todos ellos mayores de edad. Comenzaron a hablar entre ellos.
Según consta en la sentencia, la menor se besó con el encausado, quien en ese momento la agarró y la introdujo en un portal aprovechando que una vecina del inmueble había abierto la puerta. Subieron por las escalaras hasta un primer rellano. Una vez en el interior, la menor le envió un whatsapp a su amiga en el que le decía que le diera 10 minutos. No obstante, la joven comenzó a "agobiarse" y le dijo al hombre que quería irse.
El condenado, en lugar de dejarla marchar, la agarró de las muñecas. A continuación, comenzó a tocarle "los pechos". La víctima pidió ayuda, pero nadie la escuchó. Seguidamente, tras taparle la boca a la menor, la violó. El procesado finalizó la agresión sexual cuando oyó un ruido en el portal. Entonces, abandonó el lugar.
Según consta en la sentencia, en el momento de la comisión de los hechos la menor se hallaba afectada en sus facultades por el consumo previo de alcohol. Arrojó un resultado de 1,36 gramos de alcohol por litro de sangre en la analítica que se realizó tras la denuncia.
El acusado se encuentra en situación de prisión provisional comunicada y sin fianza por esta causa desde el 26 de agosto de aquel año.
La Audiencia descarta que el hombre tuviera afectadas sus facultades por el consumo de alcohol. Asimismo, tampoco considera acreditado que padezca alguna patología o enfermedad que afectara a sus capacidades intelectuales o volitivas ni que actuara en la creencia de que la víctima tenía más de 16 años.
En el juicio, celebrado el pasado 19 de diciembre, la fiscalía solicitó una pena de 13 años de prisión por un delito de agresión sexual con violencia a menor de 16 años. La acusación particular, por su parte, elevó la petición a 14 años, mientras que la defensa reclamó la absolución.
En su descargo, el acusado rechazó parcialmente las relaciones sexuales. Señaló, de forma resumida, que fue ella quien en la calle le besó, le agarró del brazo y le obligó a entrar en el portal. Negó haberla violado, así como haber actuado de forma violenta.
Sin embargo, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial considera en la sentencia que "tanto los informes de ginecología de urgencias como los informes forenses revelan una serie de heridas en muñecas, compatibles con mecanismo de agarre y un desgarro en el himen, compatible con la penetración que, unido al testimonio de la denunciante y a los resultados de las pruebas de ADN, dan apoyo y total credibilidad a la tesis acusatoria".
Los magistrados resaltan, además, que la menor, en el acto de la prueba preconstituida, "declaró con timidez y vergüenza, pero con contundencia, seguridad, firmeza y persistencia sobre lo sucedido, dejando claro que siempre se opuso a la relación sexual, que se lo hizo saber, que pidió ayuda y socorro y que parara, pero el acusado no le hizo caso".
La declaración de la víctima, añaden los jueces, fue corroborada mediante pruebas objetivas periféricas, como la pericial médica forense -se objetivaron lesiones compatibles con el mecanismo de agarre de las muñecas- y la pericial de ADN -se recogieron muestras coincidentes en zonas como la parte exterior del muslo o saliva en el cuello de la menor-.
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