Madrid, 22 may (EFECOM).- El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite una cuestión de inconstitucionalidad promovida por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) en relación con algunos apartados de la ley de 2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
En julio de 2021, el Gobierno aprobó un real decreto de medidas urgentes para reducir la temporalidad del sector público por debajo del 8 %, que incluye, entre otros puntos, la convocatoria de 300.000 plazas estructurales ocupadas por interinos.
Entre las medidas más controvertidas destacaba la posibilidad de que los interinos de las administraciones públicas que llevaran más de diez años ocupando una plaza estructural que nunca hubiera sido convocada podrían adjudicársela sin necesidad de aprobar una oposición, sino únicamente por una valoración de méritos.
En una nota, el Constitucional aclara que las disposiciones legales cuestionadas regulan un proceso de estabilización de empleo temporal de larga duración en las administraciones públicas (plazas ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad al 1 de enero de 2016) utilizando el procedimiento del concurso de méritos.
El TSJCM considera que, en la medida en que en ese concurso ha de valorarse principalmente la experiencia en el cuerpo o escala de que se trate, dando primacía absoluta a la experiencia como funcionario interino, la regulación cuestionada podría resultar contraria al derecho de acceso a las funciones públicas en condiciones de igualdad.
Dicha regulación, añade el TSJCM, no satisface los estándares que, de manera reiterada, ha venido estableciendo la jurisprudencia constitucional en relación con los procesos selectivos que incluyen facilidades de acceso a la función pública para los interinos.
En concreto, la exigencia de que se trate de atender a circunstancias extraordinarias no imputables a la Administración, y de que se acuda al procedimiento de regularización por una sola vez.
La norma podría ser contraria al orden constitucional de distribución de competencias, por exceder del carácter de base del régimen estatutario de los funcionarios públicos, entrando en competencias propias de las comunidades autónomas.
Las disposiciones cuestionadas imponen a todas las administraciones públicas la utilización del sistema de concurso y obligan a realizar los procesos selectivos en un determinado periodo, sustituyendo así a las comunidades autónomas.
En octubre de 2023, el Constitucional desestimó por unanimidad el recurso de inconstitucionalidad contra la norma presentado por más de 50 diputados de Vox. EFECOM
eyp/jmj
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