La Audiencia aborda si puede juzgar a Natividad Jaúregui por un atentado de ETA de 1981

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Madrid, 19 oct (EFE).- La Audiencia Nacional estudia este jueves la alegación de prescripción con la que Natividad Jáuregui, entregada en noviembre de 2020 por Bélgica tras 30 años huida, busca que se archive el caso por el atentado de ETA contra el teniente coronel del Ejército Ramón Romeo Rotaeche en 1981 en Bilbao por el que está acusada.

La sección segunda de lo Penal celebra el próximo jueves una vista del artículo de previo pronunciamiento (similar a las cuestiones previas) en la que estudiará la prescripción alegada por la defensa de Jáuregui, a la que se oponen tanto la Fiscalía como la acusación particular que ejerce la familia del militar.

El tribunal determinará así si sigue adelante el procedimiento y Jáuregui, alias Pepona y quien se encuentra en prisión provisional desde su entrega hace tres años, se sienta definitivamente en el banquillo por este atentado.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional no tiene duda de que el asesinato del teniente coronel no ha prescrito para ella pues existen "imputaciones perfectamente formalizadas de otros coimputados" que la implican y que constan en "resoluciones de reapertura" del procedimiento "que tienen virtualidad para interrumpir la prescripción".

La investigación por el atentado contra el teniente coronel se inició en 1981, si bien tuvo que ser archivada dos años después "por falta de autor conocido".

En 1989 el sumario se reabrió, dos años después de que Enrique Letona implicase a Jáuregui en el atentado, si bien volvió a ser archivado tras unos meses.

Lo mismo ocurrió un par de veces más hasta que en diciembre de 2005 y con algún testimonio más en contra de Jáuregui -como el de Sebastián Echaniz-, el juez procesó a la investigada, que estuvo 30 años huida en Bélgica hasta que fue entregada definitivamente en noviembre de 2020 tras un largo periplo judicial.

La Fiscalía menciona en el escrito en el que se opone a la prescripción la declaración judicial de Echaniz en junio de 1993, en la que, aunque rechazó declarar expresamente, "sí que ratificó las declaraciones policiales".

En ese momento, afirma el fiscal, "se incorporó judicialmente al proceso la imputación realizada" contra Jáuregui, que "ya estaba perfectamente identificada en el procedimiento".

Por tanto, subraya, "esta declaración judicial representa una actividad judicial suficiente, aun cuando para el órgano instructor no se estimase suficiente para levantar el sobreseimiento provisional".

En el auto donde el juez envió a Jáuregui prisión provisional hace tres años, el magistrado sostenía que existen indicios de que Jáuregui integraba el comando Vizcaya entre enero y julio de 1981 cuando ella y su compañero Francisco Javier Zabaleta Urretavizcaya (ya fallecido), se dirigieron a las inmediaciones de la Basílica de Begoña y dispararon "con las armas que portaban" al teniente coronel, causándole la muerte.

Hasta 2020, los tribunales belgas se habían negado a entregar Jáuregui hasta en tres ocasiones, rechazando las euroórdenes que la Audiencia Nacional emitió en 2004, 2005 y 2015, al "presumir" que España podía violar sus derechos humanos, un argumento que rechazó en 2019 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, que ordenó indemnizar a la familia de Romeo Rotaeche y llevó a la Audiencia Nacional a emitir una nueva euroorden por ese atentado. EFE

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