El Gobierno quiere incluir el aborto en la Constitución: por qué no saldrá adelante y no cambiará nada

La reforma propuesta por el PSOE busca evitar una revisión total de la Carta Magna, que exige convocar elecciones

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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en el Palacio de la Moncloa (A. Pérez Meca / Europa Press)
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en el Palacio de la Moncloa (A. Pérez Meca / Europa Press)

El Gobierno ha dado su visto bueno al proyecto de reforma que busca incluir el derecho al aborto en la Constitución española. La propuesta, aprobada el martes por el Consejo de Ministros, convertiría a España en el segundo país del mundo en reconocer la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) dentro de su Carta Magna, una declaración política importante si logra salir adelante, pero con pocos efectos reales para las mujeres.

El profesor de Derecho Constitucional y exletrado del Tribunal Constitucional, Joaquín Urías, explica que la reforma “tiene muy poco efecto jurídicamente”. De los dos procedimientos de reforma constitucional, el Gobierno ha optado por el más sencillo: incluirán el aborto en el artículo 43.4, un punto que queda fuera de los derechos fundamentales de los españoles y que, por tanto, no requiere convocar elecciones. Supone, sin embargo, una menor protección: “Es un artículo rector, es decir, un principio que debe guiar al Gobierno y que no tiene ningún sentido obligatorio”, apunta Urías.

El objetivo de la reforma, según anunció Pedro Sánchez en octubre de 2025, es “consagrar la libertad y la autonomía de las mujeres” en “un contexto de ofensiva contra los derechos sexuales y reproductivos”. En los últimos meses, algunas fuerzas políticas han puesto en duda el aborto a nivel local y regional. Ejemplo de ello fue el Ayuntamiento de Madrid, que aprobó una medida a proposición de Vox que instaba a informar a las pacientes sobre un supuesto síndrome postaborto, que carece de evidencia científica. Recientemente, ambas formaciones políticas apoyaron desde el Ayuntamiento de Elche una moción para derogar cualquier ley que permita el aborto.

Sin embargo, la reforma aprobada por el Consejo de Ministros poco podría hacer contra estos ataques. “Lo que se viene a decir es que, cuando haya una ley que desarrolle el derecho al aborto, los poderes públicos tienen que aplicarla. Pero el artículo 43 no obliga a que esa ley exista. Luego, jurídicamente, no obliga a mantener el aborto”, advierte Urías.

Un problema de objeción de conciencia

El aborto es legal en España desde 1985 y las mujeres pueden ejercerlo con total libertad desde el año 2010. Es un derecho que, según la ministra de Igualdad Ana Redondo, “no está en riesgo”, porque el Tribunal Constitucional ha dejado claro en múltiples ocasiones que es una libertad amparada por el derecho a la vida, la integridad física y moral. Lo que sí está en riesgo es su ejercicio dentro de la sanidad pública: según datos del Ministerio de Sanidad, tan solo el 20% de las IVE se realizan dentro de centros públicos, con diferencias considerables entre las comunidades autónomas.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha mostrado este jueves su satisfacción tras conocer que el Consejo de Estado ha emitido un informe favorable a la propuesta de blindar el derecho al aborto en la Constitución Española (PSOE)

Su implantación se complica dentro de la sanidad pública por la objeción de conciencia de los médicos, que permite a los sanitarios negarse a realizar estos procedimientos “sin garantizar que, al mismo tiempo, siempre haya algún facultativo disponible para las mujeres que quieran abortar”, puntualiza Urías. Resolver este problema de recursos humanos pasa, para el Ministerio de Sanidad, por elaborar un registro de objetores de conciencia privado y confidencial que permita a las comunidades autónomas organizar las plantillas de los hospitales.

Sin el PP no hay reforma

El presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, durante una sesión plenaria, en el Congreso de los Diputados, a 26 de marzo de 2026, en Madrid (España). (César Vallejo Rodríguez - Europa Press)
El presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, durante una sesión plenaria, en el Congreso de los Diputados, a 26 de marzo de 2026, en Madrid (España). (César Vallejo Rodríguez - Europa Press)

Reconocer el aborto como un derecho fundamental habría requerido una revisión parcial de la Constitución, un procedimiento bastante complejo de lograr. La Carta Magna exige para cambiar los derechos fundamentales de los españoles la aprobación por mayoría de dos tercios en el Congreso y en el Senado y la disolución inmediata de las Cortes Generales. Es decir, Sánchez tendría que convocar elecciones.

En su lugar, el Gobierno ha optado por un procedimiento más sencillo, pero que ofrece menos garantías. “Es esencialmente un golpe ideológico, simbólico. Lo que se quiere decir es que en la Constitución española se habla de aborto. Entonces, ha elegido lo menos costoso y lo que menos compromiso conlleva”, explica Urías.

Que el procedimiento sea más sencillo no quiere decir que desde el Ejecutivo lo tengan fácil: la reforma constitucional exige una mayoría de tres quintos en ambas cámaras, lo que significa que necesitan el apoyo del Partido Popular. El acuerdo no es imposible, pero en este caso, la formación política ha mostrado en múltiples ocasiones su rechazo a esta reforma. La ministra de Igualdad confía en que los partidos políticos “estén a la altura” de lo que solicita “una inmensa mayoría que avala la interrupción voluntaria del embarazo”, pero por el momento las probabilidades de que la reforma constitucional salga adelante son cuanto menos escasas.