La mejor opción para adelantar tu herencia sin errores: aprende a diferenciar entre donación y pacto de mejora

La elección entre ambas figuras jurídicas implica consideraciones legales, fiscales y estratégicas muy distintas que transforman su impacto para las familias

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Firma de la herencia (Freepik)
Imagen de archivo de un hombre adulto firmando un documento. (Freepik)

Las transmisiones patrimoniales en vida como el pacto de mejora y la donación se han extendido más allá de los grandes capitales, convirtiéndose en una cuestión clave para múltiples propietarios preocupados por facilitar el traspaso de bienes a sus hijos o planificar su herencia de forma anticipada. La elección entre ambas figuras jurídicas implica consideraciones legales, fiscales y estratégicas muy distintas que transforman su impacto para las familias.

El pacto de mejora constituye una herramienta que permite adelantar la herencia a descendientes mediante un acuerdo formal, aunque su uso queda restringido a territorios con derecho civil propio, como Galicia. Se formaliza siempre ante notario y con escritura pública, posibilita adjudicar bienes concretos en vida para la futura herencia y goza, en ocasiones, de ventajas fiscales definidas frente a otras fórmulas.

Las donaciones, por su parte, pueden realizarse en cualquier parte de España y suponen una entrega gratuita de bienes en vida, sometida al Impuesto de Donaciones y regulada por el Código Civil. La fiscalidad autonómica y el valor de los activos son factores determinantes y pueden modificar significativamente la carga económica de cada alternativa.

El pacto de mejora se trata de una figura exclusiva del Derecho civil gallego, recogida en la Ley 2/2006, que no puede aplicarse bajo el mismo nombre ni con igual régimen fuera de las comunidades con derecho foral. En otros territorios como el País Vasco, Navarra, Aragón, Cataluña o Baleares se contemplan mecanismos similares –con distinta denominación y reglas–, pero el pacto de mejora gallego en sentido estricto no existe fuera de Galicia.

El Código Civil general, aplicable en la mayor parte del Estado, prohíbe los pactos sucesorios sobre herencias futuras, salvo algunas excepciones forales bien delimitadas. De ahí que la clave esté siempre en la vecindad civil de la persona que transmite el bien.

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Diferencias entre el pacto de mejora y donaciones

En cuanto a su funcionamiento, el pacto de mejora implica que los bienes entregados por este método pasan a integrarse directamente en la futura herencia. La operación se vincula por contrato notarial y permite el establecimiento de cláusulas como la reversión, es decir, la devolución de los bienes si el beneficiario fallece antes que el transmitente. Una de sus funciones principales es evitar disputas posteriores entre herederos, asegurando un reparto anticipado y consensuado.

Por contra, la donación es una fórmula mucho más extendida y flexible. Cualquier ciudadano, sea cual sea su vecindad civil, puede donar bienes como vivienda, dinero u otros activos –siempre formalizado ante notario en la mayoría de casos–. Jurídicamente, la donación es una transferencia gratuita que opera con autonomía frente a la futura herencia.

Este mecanismo emplearse tanto para ayudar económicamente a un familiar (por ejemplo, en la compra de una vivienda) como para distribuir el patrimonio durante la vida del titular y aprovechar las bonificaciones fiscales que ciertas comunidades autónomas ofrecen entre padres e hijos dentro del Impuesto de Donaciones. Las donaciones están sujetas a tributación, cuya intensidad varía de forma apreciable según la región.

Conocer las diferencias legales y fiscales resulta crucial. El pacto de mejora es, jurídicamente, un anticipo de la herencia limitado a ciertos territorios, mientras que la donación es una transmisión gratuita, aplicable en todo el país y generalmente irrevocable. En el primero, el pacto de mejora puede tributar como herencia, lo que lleva a una carga fiscal más baja en territorios con beneficios sucesorios, mientras que la donación siempre tributa como tal y, en algunas comunidades, puede resultar más onerosa.

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Los gastos del pacto de mejora y la donación

El coste directo de cada opción representa otro factor relevante. El pacto de mejora genera gastos notariales y, en su caso, registrales. Por el contrario, la donación implica gastos notariales, el pago del Impuesto sobre Donaciones, y puede acarrear el coste adicional del impuesto municipal conocido como plusvalía urbana si se transfieren inmuebles. Esta diferencia en la fiscalidad explica que para patrimonios elevados, viviendas o cuando se desea optimizar la carga tributaria, el pacto de mejora resulte preferible en los lugares donde la ley lo permite.

La decisión entre ambas fórmulas depende de una combinación de factores: la comunidad autónoma de residencia –que determina la normativa y el régimen fiscal aplicable–, el valor total del patrimonio, la relación de parentesco entre las partes y los objetivos familiares a medio y largo plazo.

Si se busca mantener el control sobre el reparto de bienes, fijar condiciones concretas o garantizar una transición sin conflictos, el pacto de mejora está especialmente pensado para descendientes directos. La donación es más accesible y flexible, válida para todo tipo de destinatarios y muy útil cuando lo que se requiere es una entrega puntual y sin complejidades jurídicas adicionales.