El Tribunal Supremo fijará jurisprudencia sobre si un padre puede recurrir la eutanasia de un hijo mayor de edad

Los padres de Francesc Augé y Noelia Castillo paralizaron los procedimientos de muerte asistida de sus hijos. La joven recibió la eutanasia ayer, mientras Augé continúa esperando

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Fachada del Tribunal Supremo en imagen de archivo. (Alberto Ortega/Europa Press)
Fachada del Tribunal Supremo en imagen de archivo. (Alberto Ortega/Europa Press)

El Tribunal Supremo llevará al pleno el debate para sentar jurisprudencia sobre si un padre tiene legitimación para recurrir judicialmente la concesión de eutanasia a su hijo mayor de edad con plenas capacidades. Este pleno, según han señalado fuentes del Alto Tribunal a la Cadena SER, está previsto que tenga lugar en el mes de mayo.

En noviembre, la Sala de lo Contencioso-Administrativo admitió a trámite un recurso de casación de la Generalitat de Cataluña contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que reconocía que un padre tenía interés legítimo para recurrir judicialmente esta concesión de muerte asistida.

En este sentido, la Generalitat considera pertinente que el Tribunal Supremo se pronuncie con respecto a la legitimación de terceros en estos casos de eutanasia, alegando que esto “podía afectar a un gran número de situaciones”. Al recurrir judicialmente un padre la concesión de muerte asistida de un hijo mayor de edad con plenas facultades, el procedimiento puede quedar paralizado durante años, como le ha ocurrido a Noelia Castillo, la joven de 25 años con paraplejia que ayer vio cumplida finalmente su voluntad.

Noelia Castillo Ramos, la joven parapléjica que recibirá la eutanasia, durante su entrevista en 'Y ahora Sonsoles' (Antena 3)
Noelia Castillo Ramos, la joven parapléjica que recibió la eutanasia, durante su entrevista en 'Y ahora Sonsoles' (Antena 3)

Los casos de Francesc Augé y Noelia Castillo

El recurso de casación de la Generalitat de Cataluña se realizó concretamente a raíz del caso de Francesc Augé. El hombre de 55 años solicitó la eutanasia en 2024 tras haber sufrido cuatro ictus y dos infartos que le provocaron una discapacidad del 75 %, pérdida de movilidad y dificultades graves para hablar.

El comité de médicos y expertos avaló su muerte asistida, pero su padre acudió a los tribunales para paralizar el procedimiento. Un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona inadmitió por falta de legitimación el recurso del progenitor, pero el padre de Francesc recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que le dio la razón. Desde entonces, la eutanasia de Francesc continúa bloqueada en los tribunales, un año y medio después de haberla solicitado.

También Noelia Castillo, la joven barcelonesa de 25 años con paraplejia que ayer recibió la eutanasia, tuvo que enfrentarse a un largo periplo judicial para que se cumpliese su voluntad. Desde 2022 arrastraba la secuelas graves, el dolor y un sufrimiento crónico e incapacitante derivados de un intento de suicidio en 2022 tras ser víctima de una agresión sexual múltiple.

Noelia formalizó su petición ante la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña (CGAC) el 10 de abril de 2024. La muerte asistida estaba programada para el 2 de agosto de 2024, pero una orden judicial paralizó el procedimiento in extremis. El caso escaló hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que recientemente rechazó las medidas cautelares, lo que permitió fijar la fecha definitiva de su muerte asistida: el 26 de marzo.

Noelia Castillo Ramos, una joven de 25 años, comparte su historia y su firme decisión de recibir la eutanasia. A pocos días de su muerte programada, explica las razones detrás de su elección para dejar de sufrir.

Para evitar que más casos como este sucedan, la Generalitat de Cataluña defiende la muerta asistida del paciente y el criterio de los médicos, motivo por el que presentó un recurso para que el Tribunal Supremo fije jurisprudencia con respecto a esto.

Así, el Alto Tribunal deberá determinar “cuáles son los requisitos y circunstancias que permiten establecer la concurrencia de un interés legítimo de un tercero, con el fin de reconocer su legitimación en un procedimiento judicial en relación con el reconocimiento de la prestación de eutanasia, a instancias de un solicitante mayor de edad con plenas capacidades para decidir sobre su vida”.