
El decreto ley que permite prorrogar por dos años los contratos de alquiler vencidos entre el 21 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, y que limita al 2% la actualización anual de las rentas, tiene efectos legales desde el 21 de marzo, fecha en que se publicó en el Boletín Oficial del Estado, si bien se votará en el Congreso el próximo 30 de abril. Se trata de una medida que aliviará la situación de miles de inquilinos, ofreciéndoles mayor estabilidad, pero su continuidad depende de que el Congreso la convalide en la votación prevista para el 30 de abril. A continuación te contamos las claves a tener en cuenta.
- ¿Cómo se puede solicitar la prórroga?
Desde la Confederación de Sindicatos de Inquilinas recuerdan que el arrendatario debe pedir la prórroga al propietario antes de la fecha de finalización del contrato. Recomiendan hacerlo por un medio que permita dejar constancia, como un correo electrónico o burofax. Salvo excepciones concretas, el propietario está obligado a aceptar la solicitud. “Tu casero no se puede negar, pero no es una prórroga automática, hay que comunicarlo”, aclara Valeria Racu, portavoz del sindicato.
La organización también insiste en que, aunque el decreto decaiga el próximo 30 de abril, si las prórrogas se han solicitado, “serán válidas”, por lo que recomiendan a los inquilinos realizar la gestión cuanto antes.
En los municipios declarados como área tensionada, la reforma del artículo 10.3 de la Ley de Vivienda 12/2023 permite prorrogar los contratos de alquiler por tres años adicionales, explican. En la página web poderinquilino.org se pueden consultar tanto los pasos a seguir como los modelos de solicitud para acogerse a la prórroga.
- ¿Puedo acogerme a la prórroga si tengo contrato de alquiler temporal o de habitación?
Las medidas del decreto no afectan a los alquileres temporales o de habitaciones.
- ¿Cuánto puede subir mi alquiler?
Los alquileres firmados antes de la ley de vivienda se actualizan según el IPC, y los más recientes lo hacen con el nuevo índice de alquileres. Aunque ambos índices superan el 2% este año, mientras el decreto de la prórroga de alquiler esté en vigor, la subida máxima permitida será del 2%.
“No es suficiente para abordar el problema”
Este nuevo decreto forma parte del “escudo social” impulsado por el Gobierno, un conjunto de iniciativas orientadas a frenar las consecuencias de la crisis de vivienda y ofrecer apoyo a quienes tienen más dificultades para acceder o mantener un alquiler. El objetivo, según ha explicado el Ejecutivo, también es evitar el aumento de los costes de la energía y los alimentos provocado por los cinflictos internacionales.
Aunque la prórroga de los alquileres supone un alivio temporal, el Sindicato de Inquilinas recueran que estas medidas no resuelven el problema de fondo del acceso a la vivienda en España, que se ha situado como la principal preocupación de la ciudadanía. Por ello, la organización reclama una reducción del 50% en los precios del alquiler y la implantación de contratos indefinidos para evitar que las familias tengan que abandonar sus hogares cada pocos años. También piden recuperar viviendas en manos de fondos de inversión para destinarlas a un parque público de alquiler, así como restringir los pisos turísticos y poner en uso las viviendas vacías.
Desde Sumar han hecho un llamamiento a organizar “la mayor movilización social posible” para que el decreto ley salga adelante cuando se vote en el Congreso dentro de un mes. “Tenemos un mes para organizar la mayor campaña posible de presión para que cuando los diputados vayan a pulsar el botón de la votación se sepa quién defiende a la gente y quién defiende los intereses de una clase rentista que se está forrando a su costa”, dijo el lunes el ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy en una entrevista en TVE.
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