
El convenio especial con la Seguridad Social es una herramienta clave para miles de personas que, tras perder su empleo, reducir su jornada o experimentar cambios en sus condiciones laborales, buscan mantener o mejorar sus derechos a prestaciones como la jubilación, la incapacidad o la protección a familiares.
Este instrumento, regulado por la normativa vigente, permite seguir cotizando de forma voluntaria y evitar lagunas que pueden afectar la futura pensión o el acceso a otras coberturas esenciales.
Al suscribir un convenio especial, el usuario cotiza por jubilación, incapacidad permanente derivada de enfermedad común o accidente no laboral, y por prestaciones de muerte y supervivencia, como viudedad u orfandad, originadas por motivos ajenos al trabajo. Esto significa que, incluso fuera del mercado laboral, es posible generar, mantener o ampliar el derecho a cobrar estas prestaciones, señalan expertos de BBVA Mi Jubilación.
La figura del convenio especial resulta fundamental para quienes han cesado en su empleo y no reúnen todavía los requisitos necesarios para acceder a una pensión, así como para aquellos trabajadores que, por cambios contractuales, ven reducida su base de cotización y, con ello, sus derechos futuros.
¿Quién paga las cotizaciones y en qué casos hay excepciones?
En la mayoría de los casos, la persona que firma el convenio especial asume la obligación de pagar las cuotas a la Seguridad Social durante toda la vigencia del acuerdo. Sin embargo, existen importantes excepciones como las derivadas de los expedientes de regulación de empleo (ERE). En estos casos, si el convenio especial se suscribe tras un ERE, la empresa paga las cotizaciones hasta que el trabajador cumple 61 o 63 años, dependiendo del caso.
El otro caso es el de cuidadores no profesionales que atienden a personas dependientes. Es estos supuestos es la Administración General del Estado financia el convenio especial.
Este sistema permite que, aun en situaciones adversas, no se pierda el acceso a la protección social. Además, el convenio especial puede ser clave para quienes se ven afectados por la extinción o denegación de una pensión, permitiéndoles reconstruir su historial de cotización.
¿Quién puede suscribirse al convenio especial ordinario?
El convenio especial ordinario está disponible para personas en varias situaciones, siempre que cumplan los requisitos legales. Entre ellos se encuentran los que hayan dejado de trabajar por cuenta ajena o propia y no estén dados de alta ni sean pensionistas; los trabajadores indefinidos o autónomos con 65 años o más y 35 años de cotización efectiva, que queden exentos de cotizar según lo previsto en la ley y personas que tras perder un empleo pasan a otro con base de cotización inferior a la de los 12 meses anteriores.
También pueden suscribir el convenio pensionistas de incapacidad permanente total que cesan en su trabajo y cumplen alguna de las condiciones anteriores; personas que hayan agotado prestaciones o subsidios de desempleo; los pensionistas de incapacidad permanente o jubilación a quienes se les anule o extinga la pensión y quienes pierdan la condición de pensionista por denegación administrativa o judicial de la pensión.
El abanico de beneficiarios es amplio e incluye situaciones de alta vulnerabilidad, como quienes ven interrumpida su carrera laboral y necesitan mantener intactos sus derechos futuros.

¿Qué requisitos hay que cumplir?
Para suscribir un convenio especial es indispensable acreditar un periodo mínimo de 1.080 días cotizados (tres años) en los 12 años anteriores a la baja en la Seguridad Social.
Se pueden sumar cotizaciones en cualquier régimen, en otros convenios especiales, periodos de excedencia por cuidado de hijos o familiares, días cotizados por desempleo y cotizaciones en otros países de la UE o con convenio internacional.
No se tendrán en cuenta los días en que el solicitante no esté al corriente en el pago de cuotas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) u otros regímenes. En caso de pensionistas a los que se anule o extinga la pensión, el periodo mínimo debe estar cubierto en el momento en que terminó la obligación de cotizar.
¿Cómo se solicita?
El inicio del convenio especial depende del momento de la solicitud. Si la petición de alta se presenta dentro de los 90 días naturales tras el cese en la actividad, se puede elegir entre que el convenio comience el día de la solicitud o el día siguiente a la baja en el régimen correspondiente. En caso de que la solicitud sea fuera de ese plazo, el convenio empieza desde el día de la solicitud.
Este detalle es fundamental, ya que solicitar el convenio tarde puede dejar periodos sin cubrir y afectar la futura pensión.
¿Por qué es estratégico el convenio especial para la pensión?
El convenio especial permite a quienes atraviesan periodos de desempleo, cambios de carrera o situaciones críticas en su vida profesional no perder años de cotización y asegurar el acceso a la jubilación u otras prestaciones en condiciones óptimas.
En un mercado laboral cada vez más inestable, contar con esta opción es una forma de blindar el futuro y evitar sorpresas desagradables al llegar a la edad de retiro.
Además, el convenio especial se adapta a situaciones específicas, como las de ERE, cuidadores no profesionales o pensionistas en revisión, ofreciendo una red de seguridad para colectivos especialmente expuestos.
Últimas Noticias
Bonoloto: jugada ganadora y resultado del último sorteo
Con Bonoloto no sólo puedes ganar millones de euros en premios, sino que parte del dinero recaudado va para beneficios sociales

Comprobar Super ONCE Sorteo 5: resultados ganadores del lunes 23 febrero de 2026
Juegos Once compartió la combinación ganadora del sorteo 5 de las 21:15 horas. Tenemos los números ganadores aquí mismo.

Ortega Smith desafía una vez más a la cúpula de Vox: de una de las caras más visibles del partido a ser defenestrado
El dirigente madrileño ha perdido en los últimos meses peso en la Ejecutiva, en el grupo parlamentario y ahora en el Ayuntamiento de Madrid

Receta de buñuelos de higo, el dulce tradicional para acompañar cualquier tipo de festividad
Un clásico de las cocinas rurales y un típico plato fallero como alternativa a los buñuelos de calabaza

Eduardo Navarrete y La Terremoto, el explosivo dúo creativo de ‘DecoMasters’: “La colección de Almodóvar de los sofás es un truño al lado de lo nuestro”
El diseñador y la vedette forman una de las parejas del ‘talent’ de reformas de Televisión Española



