Ignacio de la Calzada, abogado laboralista, explica cuánto se cobra si trabajas un día festivo: “Es importante conocer el convenio colectivo”

El experto explica cómo se calcula el salario de los días festivos, cuándo se aplican recargos y la importancia de conocer el convenio colectivo para reclamar descansos o pluses

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Ignacio de la Calzada, abogado
Ignacio de la Calzada, abogado laboralista, explica cuánto se cobra si trabajas un día festivo. (Montaje Infobae España con imágenes de Canva y TikTok)

Trabajar durante los días festivos es algo cada vez más habitual en sectores como la hostelería, el comercio o los servicios de emergencias, pero todavía genera muchas dudas entre los trabajadores. ¿Se trata de horas extraordinarias? ¿Se pagan más caras? ¿Se pueden recuperar con días libres? Para responder a estas preguntas, Ignacio de la Calzada, abogado laboralista, explica con detalle cómo se retribuyen estos días y qué derechos tienen los empleados que se ven obligados a trabajar cuando la mayoría disfruta de un descanso.

En un vídeo reciente publicado en TikTok, De la Calzada aclara primero la distinción básica entre festivos y días de descanso: “Lo primero que tienes que saber: un festivo no es un día de descanso. Hay que distinguir. El artículo 37 establece que existen 14 festivos retribuidos y no recuperables. Esto quiere decir que te los tienen que pagar y no tienes la obligación de devolverlos.” Según explica, estos días varían entre estatales, autonómicos y locales, y en principio no se trabaja en ellos. Sin embargo, en ciertos sectores, como la hostelería o el comercio, el trabajo festivo es legal y necesario.

Sobre la forma en que se retribuye este tipo de jornada, el abogado enfatiza la importancia de conocer el convenio colectivo de cada trabajador: “Aquí tendremos que estar a lo que establezca el convenio colectivo, por eso es importante que lo conozcas. Hay algunos que les da por acumularlos a las vacaciones, otros que te pagan un plus festivo y otros, por ejemplo, que te pagan el plus y además te devuelven el día. Esto depende de cómo lo establezcan.”

Recargo del 75% y la importancia de conocer tu convenio

En el caso de que un empleado trabaje en un festivo y no se le otorgue un día de descanso compensatorio, la ley establece un recargo específico: “Ahora, ¿qué pasa cuando normalmente trabajas y no te lo van a devolver? Porque esto pasa así, que valen un 75% más. Esto lo establece el Real Decreto 2001/1983 y establece que si por cuestiones organizativas o técnicas no has podido, y aquí lo importante, disfrutar del festivo o el día de descanso semanal, sí, el descanso que tienes de fin de semana o entre semana, y no hay descanso compensatorio, la empresa te lo tiene que pagar a un 75% más caro del precio hora.” De la Calzada ilustra este ejemplo con una situación práctica: “Por ejemplo, si tu hora vale 10 euros, pues un 75% más caro.”

El abogado también hace hincapié en que la clave para evitar conflictos con la empresa es informarse y actuar de manera proactiva: “Así que lo primero, averigua cuál es tu convenio colectivo. Ya sabes, mira tu contrato de trabajo, cláusula séptima y de ahí lo puedes buscar en Google”.

Sentencia del Supremo: los días de descanso no pueden coincidir con los festivos.

Derechos laborales y cómo protegerlos en festivos

“Busca cuál es la regulación de los días festivos, si los devuelven en descansos, si los acumulas a vacaciones o si se pagan”, continúa diciendo. Además, añade un consejo esencial para quienes trabajan festivos: “Y aquí lo importante, si los trabajas bien, reclámalos para descansarlo o que te lo paguen y que no te engañen”.

El marco legal español protege así al trabajador que se ve obligado a trabajar en días festivos, estableciendo compensaciones económicas significativas o días de descanso alternativos. Sin embargo, la aplicación concreta de estos derechos depende en gran medida del convenio colectivo de cada sector y de cada empresa. Conocer estas normas y exigir su cumplimiento no solo garantiza una retribución justa, sino también el respeto a los derechos laborales fundamentales.