
En Francia, un caso reciente ha vuelto a poner en primer plano la protección de los derechos laborales de los empleados públicos frente a decisiones unilaterales de las administraciones. Un tribunal ha resuelto un conflicto surgido cuando un trabajador municipal, afectado por problemas de espalda, fue apartado de su puesto y forzado a jubilarse.
Según indicó Le Parisien, el Tribunal Administrativo de Rouen dictó este viernes una sentencia a favor de un antiguo trabajador de los servicios de espacios verdes del Ayuntamiento de Gaillon (Eure), que había sido jubilado sin su consentimiento por “discapacidad” y apartado de la plantilla en enero de 2024, tras un proceso iniciado por decisión de la autoridad municipal local.
Obligado a jubilarse
La sentencia pone el foco sobre un conflicto laboral originado tras reconocerse al empleado una lesión de espalda diagnosticada como “lumbalgia con dolor radicular”. El afectado recurrió a la justicia administrativa tras constatar que la decisión tuvo “efectos retroactivos sobre su situación personal”.
El protagonista de esta historia es un hombre que fue contratado como empleado temporal en 2008 y pasó a ser fijo solo un año después. Desde entonces, trabajó en el servicio de espacios verdes del Ayuntamiento de Gaillon, hasta que la administración local decidió apartarlo de su puesto y forzarlo a jubilarse por motivos de salud. Esta decisión cambió su vida sin que se exploraran alternativas laborales.
Según la versión de su abogada, Lucile Matrand, la sentencia destaca que el ayuntamiento no valoró otras opciones antes de imponerle la jubilación. El tribunal consideró que debieron haberse propuesto cambios en sus condiciones laborales para permitirle realizar funciones adecuadas a su salud, en vez de optar directamente por separarlo de la plantilla.
Resolución judicial
La disputa también llegó a la Caja Nacional de Jubilaciones de los Empleados de las Administraciones Locales (CNRACL), responsable de calcular la pensión del trabajador. Esta entidad determinó que el empleado presentaba un “porcentaje de invalidez del 10%”. Esta cifra fue clave para fijar la cuantía de su pensión y que debía ser considerado a la hora del finiquito y la jubilación anticipada.
Según la abogada del trabajador, esta cifra no reflejaba su verdadera situación médica y resultaba injusta. Además, la CNRACL no tuvo en cuenta el último ascenso que recibió el empleado, aunque se había producido 25 días antes de que terminara su tiempo de servicio útil para la jubilación.
La propia caja de pensiones sospechó que este ascenso, autorizado por el ayuntamiento, tenía como objetivo aumentar la pensión futura del trabajador. Sin embargo, el tribunal consideró que ni el ascenso ni los informes médicos justificaban que el trabajador fuera expulsado sin antes intentar cambiarlo a otro puesto que se adaptara a sus condiciones.
La justicia ordenó al Ayuntamiento de Gaillon reincorporar al trabajador y pagarle los salarios y cotizaciones sociales acumulados desde septiembre de 2022. También deberá revisar si el empleado puede ocupar otro puesto antes de enero de 2026. Además, el ayuntamiento tendrá que pagar 1.500 euros al trabajador en concepto de honorarios legales.
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