
La magistrada del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra condena a tres aseguradoras a abonarle un total de 5.174.012 euros a la armadora Pesquerías Nores Marín con motivo del naufragio del buque pesquero Villa de Pitanxo, propiedad de la demandante, sucedido el 15 de febrero de 2022 cuando se encontraba faenando en el caladero de NAFO, lo que provocó el fallecimiento de 21 de los 24 tripulantes.
De esta forma, la jueza estima la demanda de la armadora y le impone a Mapfre España Compañía de Seguros y Reaseguros el pago de 3.104.408 euros; a la Sociedad de Seguros Mutuos Marítimos de Vigo, de 1.034.802 euros; y a la Mutua de Seguros de Armadores de Buques de Pesca en España, de 1.034.802 euros.
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El fallo es tajante al recordar que en materia de seguros marítimos rige el principio de universalidad del riesgo, lo que implica que, salvo prueba clara en contrario, la aseguradora debe responder de los daños derivados de la navegación.
En este caso, las compañías no han logrado acreditar de manera concluyente que el hundimiento se debiera a causas excluidas en la póliza, como vicios propios del buque o negligencia grave del armador. La magistrada, además, ha subrayado que el barco contaba con todos los certificados oficiales de navegabilidad y había superado inspecciones poco antes del siniestro, lo que reforzaba la validez de la cobertura
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El naufragio del Villa Pitanxo
El caso del Villa de Pitanxo se enmarca en uno de los episodios más trágicos y complejos de la reciente historia marítima española. El 15 de febrero de 2022 el pesquero de la armadora Pesquerías Nores Marín, S.L. se hundió mientras faenaba en aguas del caladero de NAFO, frente a las costas de Terranova. El naufragio dejó un saldo devastador: veintiún de los veinticuatro tripulantes fallecieron, lo que abrió una doble vertiente de investigación, judicial y aseguradora.
Pocos meses antes del accidente, la empresa armadora había suscrito con MAPFRE España, y en régimen de coaseguro con la Sociedad de Seguros Mutuos Marítimos de Vigo y la Mutua de Seguros de Armadores de Buques en España, varias pólizas que garantizaban tanto el casco y la maquinaria del barco como las capturas a bordo. En total, el valor asegurado ascendía a casi cinco millones de euros por el buque y más de doscientos setenta mil por la carga pesquera.
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Sin embargo, tras el hundimiento, las aseguradoras se negaron a cubrir las indemnizaciones alegando múltiples incumplimientos por parte del armador: desde defectos estructurales y sobrecarga por combustible extra no autorizado, hasta la falta de tripulación en condiciones de seguridad debido a contagios de COVID-19.
¿Cumplía el buque las condiciones de navegabilidad?
La disputa derivó en un proceso mercantil que se abrió en Pontevedra en 2023. La armadora reclamaba a las compañías aseguradoras las sumas pactadas en las pólizas, mientras que las aseguradoras sostenían que el buque no reunía las condiciones de navegabilidad exigidas por la normativa y que esa circunstancia había sido determinante en la tragedia.
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El caso se complicó aún más porque, en paralelo, el Juzgado Central de Instrucción nº 2 de Madrid investigaba en la causa penal posibles delitos de negligencia y falsedad documental, señalando tanto al patrón como a la empresa. Las diligencias incluían la sospecha de que la Protesta de Mar, presentada en Canadá tras el naufragio, habría falseado el orden de los hechos, lo que abría la puerta a responsabilidades penales más allá del ámbito mercantil.
Durante el juicio, celebrado en febrero de 2025, las partes aportaron abundante prueba documental, testifical y pericial. Ingenieros navales, inspectores de Capitanía Marítima y comisarios de averías discreparon sobre aspectos técnicos cruciales: la potencia real del motor del pesquero, la capacidad de los tanques de combustible, la supuesta escora permanente y la influencia del hielo acumulado en cubierta.
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Mientras los peritos de la armadora defendían que el barco había pasado todas las inspecciones oficiales y contaba con certificados en regla, los informes encargados por las aseguradoras insistían en que las irregularidades técnicas habían comprometido de forma decisiva la flotabilidad del buque.
En ese cruce de acusaciones, el proceso mercantil no solo debía dirimir una reclamación económica, sino también poner bajo la lupa un naufragio que ya estaba marcado por la sospecha de graves fallos de seguridad y gestión.
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