El divorcio no solo implica la ruptura de un vínculo personal, sino también la reorganización del patrimonio compartido. Uno de los aspectos más delicados dentro de este proceso puede ser la gestión de las cuentas bancarias conjuntas. Muchas personas creen erróneamente que, al ser cotitulares, pueden disponer libremente de la mitad del saldo, cuando en realidad ese dinero pertenece a la sociedad de gananciales hasta su liquidación. El abogado y creador de contenido Iñaki Barredo ha avisado de que actuar de forma precipitada puede acarrear consecuencias legales graves, incluso llegar a considerarse un delito de apropiación indebida. Por ello, resulta esencial contar con asesoría jurídica antes de tomar decisiones económicas.
El reparto de fondos en cuentas conjuntas durante un procedimiento de divorcio puede derivar en graves consecuencias legales si se actúa de forma incorrecto, advierte el abogado. En una explicación difundida recientemente, Barredo sostiene que muchas personas cometen el error de retirar la mitad del dinero depositado en las cuentas compartidas bajo la creencia de que esa porción les pertenece directamente por ser cotitulares. Sin embargo, la ley española es clara: “no te corresponde ni a ti ni a tu ex, corresponde a la sociedad de gananciales”, resalta el letrado.
Consecuencias legales
Barredo, que comparte consejos legales en redes sociales, enfatiza que este comportamiento puede considerarse ilícito. El propio Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que indica que extraer estos fondos puede constituir un “delito de apropiación indebida”, lo que habilita a la parte afectada a presentar una querella. El abogado advierte: “Te pueden meter una querella, el abogado o la abogada de tu ex, y llevarte un disgusto serio”.

El especialista matiza en una reciente publicación de su cuenta de TikTok (@inakibarredoabogados) que sí es legítimo hacer uso de estas cuentas para atender gastos comunes, como los relacionados con la vivienda o aquellos que continúen mientras estén en marcha los procedimientos de la separación. “Cuestión diferente es que podamos seguir disponiendo de ese dinero de esas cuentas conjuntas para gastos comunes, para gastos de la vivienda, para gastos que sigan devengándose en tanto en cuanto: uno, se tramita el divorcio, y dos, se liquida la sociedad de gananciales”, describe.
¿Qué pasa si saca todo el dinero?
Particularmente grave es el caso de quienes optan por vaciar las cuentas, dejando a la otra parte desprotegida económicamente: “Si con la mitad de ese dinero ya podemos estar hablando de una querella, de un delito de apropiación indebida, no te quiero contar nada si encima lo sacas todo y le dejas a la otra parte en una situación de vulnerabilidad económica, donde puede tener serios problemas”. Barredo recuerda que la situación se agrava si la persona afectada tiene mermada su capacidad de ingresos, como ha ocurrido ya en procedimientos en los que uno de los cónyuges padecía una enfermedad que le impedía trabajar.
Por todo ello, el jurista recomienda encarecidamente consultar previamente con un abogado especializado en derecho de familia antes de tomar decisiones sobre fondos gananciales. Subraya: “No es ninguna broma y os estáis metiendo en un presunto delito de apropiación indebida. Ya hay sentencias del Tribunal Supremo que así lo establecen. Una cosa es disponer de ese dinero para cargas comunes y otra cosa es coger, ir a la cuenta y vaciarla. Así que mucho cuidado”.
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