La incapacidad permanente es un derecho laboral de todos los trabajadores y reconocido por la Seguridad Social, que se produce cuando una persona ve reducida o anulada su capacidad de trabajar de forma definitiva debido a una enfermedad o accidente. Esta condición puede tener un impacto profundo tanto en la vida personal como profesional del afectado, ya que implica la imposibilidad de continuar desempeñando su empleo habitual, o en casos más graves, cualquier tipo de actividad laboral. Existen distintos grados de incapacidad permanente (parcial, total, absoluta y gran invalidez) y cada uno conlleva distintos derechos y prestaciones.
Más allá de la pensión correspondiente otorgada por el sistema público, muchas personas no son conscientes de que la situación de incapacidad también puede activar coberturas recogidas en seguros de vida, de accidentes o asociados a productos financieros como hipotecas o préstamos. En estos casos, la incapacidad permanente puede dar derecho a una indemnización económica adicional, siempre que esté contemplada en la póliza contratada anteriormente por el cliente. Por ello, es fundamental conocer con precisión los derechos vinculados a este reconocimiento, revisar las condiciones de los seguros suscritos y, en caso necesario, buscar asesoramiento profesional para reclamar lo que por ley corresponde.
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Cuándo se puede reclamar
El abogado laboralista Víctor Arpa ha señalado que muchas personas desconocen que pueden reclamar una indemnización a su seguro tras recibir el reconocimiento de una incapacidad permanente. “Si te han reconocido una incapacidad permanente y tienes un seguro de vida o vinculado a un préstamo, es muy probable que tengas derecho a una indemnización y ni siquiera lo sepas”, ha explicado Arpa en un reciente publicación en redes sociales.

Según Arpa, las aseguradoras aplican distintas estrategias para evitar estos pagos. “Las aseguradoras hacen todo lo posible por no pagar. Alegan que la enfermedad ya existía, que tu incapacidad es temporal o que todavía puede mejorar”, ha afirmado. El experto ha advertido que las compañías suelen pedir informes médicos y prolongar el procedimiento, hasta que muchos asegurados se retiran de la reclamación. “Te pedirán informes médicos, te marearán y muchos se rinden. Pero yo no”, ha remarcado en un video publicado en su cuenta de TikTok (@abogadovictorarpa).
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Plazo de cinco años
El abogado ha asegurado que dispone de experiencia en este tipo de procesos. “Hemos llevado muchas incapacidades y si la póliza cubre la incapacidad permanente, te la tienen que pagar y punto”, ha declarado. Arpa ha recordado que el primer paso para actuar consiste en obtener la resolución definitiva de la Seguridad Social. “Lo primero que necesitas es la resolución definitiva de la Seguridad Social. A partir de ahí, te ayudo a exigir lo que es tuyo”, ha insistido.
El experto ha subrayado que el plazo habitual para reclamar una indemnización es de cinco años, aunque ha recomendado hacerlo lo antes posible. “Tienes cinco años para reclamar, pero cuanto antes lo hagas, mejor”, ha recalcado. Si la aseguradora rechaza la reclamación, Arpa ha recalcado que existen opciones por la vía judicial. “Y si la aseguradora se niega, iremos a por ellos por la vía judicial”, ha anunciado.
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