
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha estimado el recurso presentado por una trabajadora contra la empresa Indra Soluciones Tecnologías de la Información y ha determinado su readmisión en las mismas condiciones laborales, además del abono de los salarios correspondientes desde mayo de 2022, fecha en la que solicitó la reincorporación tras un período de excedencia voluntaria y la empresa no atendió su petición.
El caso involucra a Rosaura, empleada de Indra desde noviembre de 2015, quien desempeñaba el rol de “experto senior consultor” con una remuneración diaria de 107,60 euros. En mayo de 2021, Rosaura solicitó una excedencia voluntaria de un año, reconocida por la empresa hasta mayo de 2022. Sin embargo, al solicitar su reincorporación, Indra argumentó no contar con vacantes acordes a su perfil profesional y se negó a readmitirla.
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Según los hechos probados en el proceso judicial, durante el periodo comprendido entre mayo de 2022 y octubre de ese mismo año, la compañía contrató a 69 trabajadores en su centro de trabajo en A Coruña, donde Rosaura había trabajado. De estos, siete se encontraron en su mismo grupo de cotización, aunque Indra únicamente acreditó las condiciones laborales de dos de ellos, dejando sin justificación suficiente el motivo por el que no le ofrecieron una vacante.
En su resolución, el TSXG destacó que la trabajadora mantenía un derecho preferente al reingreso en vacantes de igual o similar categoría, de acuerdo con el artículo 46.5 del Estatuto de los Trabajadores, norma que establece que los empleados en excedencia voluntaria gozan del derecho a reincorporarse siempre que existan plazas disponibles que concuerden con su categoría profesional.
El fallo que cometió Indra
La sentencia señala que Indra no logró acreditar la inexistencia de vacantes equivalentes ni justificó adecuadamente las contrataciones realizadas en el mismo período, incumpliendo su deber de respetar el derecho preferente de la trabajadora. La ley laboral y la jurisprudencia imponen al empleador la carga de demostrar que no existían vacantes ajustadas al perfil del trabajador solicitante, criterio que se aplicó en este caso.
Entre los empleados contratados durante el periodo en cuestión, se identifican perfiles coinciden con el grupo de cotización de Rosaura. Además, uno de los trabajadores, quien poseía la misma categoría profesional que la afectada, sufrió un cambio en su tipo de contrato. Según el tribunal, este hecho evidencia que la empresa tenía necesidades laborales de la misma naturaleza que las que Rosaura podía cubrir, sin que se atendiera su solicitud de reingreso de manera válida.
El TSXG también argumentó que este comportamiento empresarial podría calificarse como un uso abusivo o irregular de la contratación, evidenciando la existencia de una plaza vacante que debía otorgarse a Rosaura conforme a su derecho preferente. En este sentido, la jurisprudencia ha señalado que reincorporar al trabajador en el lugar disponible correspondiente a su categoría es una obligación nacida desde el momento en que manifiesta su voluntad de regresar al empleo.
Readmisión con las mismas condiciones
El fallo obliga a Indra a readmitir a la trabajadora en las mismas condiciones laborales que tenía antes del inicio de su excedencia. Además, el tribunal condenó a la empresa al pago de los salarios dejados de percibir desde el 1 de mayo de 2022, calculados sobre una base diaria de 107,60 euros, como compensación por los perjuicios ocasionados.
Este pronunciamiento no solo revoca una sentencia previa que desestimaba la demanda, sino que subraya la relevancia de los derechos laborales asociados a las excedencias voluntarias. Asimismo, la decisión atribuye a la empresa la responsabilidad directa por no haber cumplido con los principios de prioridad establecidos en el Estatuto de los Trabajadores
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