
Llega el mes de marzo, se acerca abril, y con él aparece la incipiente preocupación de muchas personas con respecto a la Declaración de la Renta, y la posibilidad que existe cada año de que pueda tocar recibir o devolver dinero.
No obstante, hay trabajadores que no están obligados a hacer la Declaración de la Renta, y son los que cumplen determinadas condiciones específicas, que tienen que ver con su economía. Entre los factores determinantes se encuentran los ingresos anuales, el número de pagadores, la percepción de ayudas o prestaciones y los rendimientos obtenidos por actividades económicas o patrimoniales. Estas reglas, que incluyen novedades respecto a años anteriores, buscan garantizar el cumplimiento fiscal y la transparencia en los ingresos declarados.
Ahora bien, el principal criterio para determinar si una persona está obligada a declarar es su nivel de ingresos anuales. Aquellos que hayan percibido un salario superior a 22.000 euros en 2024 de un único pagador deberán presentar su declaración. Sin embargo, si el contribuyente ha tenido más de un pagador, el límite se reduce a 15.876 euros, una cifra que representa un cambio respecto al límite anterior de 15.000 euros.
Pero, ¿Quiénes sí están obligados a declarar y qué deberían tener en cuenta los contribuyentes que no estén obligados?
Autónomos, beneficiarios de ayudas y otros obligados a hacer la Declaración de la Renta de 2024
Un punto importante es que los trabajadores autónomos están obligados a presentar la declaración de la renta, independientemente de sus ingresos. Esta norma aplica sin excepciones, lo que significa que cualquier actividad económica desarrollada bajo este régimen debe ser reportada a las autoridades fiscales.
Asimismo, quienes hayan recibido el Ingreso Mínimo Vital (IMV) durante el año 2024 también deberán cumplir con esta obligación fiscal. Este requisito se mantiene vigente como parte de las medidas de control y supervisión de las ayudas sociales.
Pero hay una novedad destacada, y es la inclusión de los beneficiarios de prestaciones del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal). Incluso si no se alcanzan los mínimos establecidos para otros casos, haber recibido una prestación por desempleo durante al menos un día en 2024 obliga a presentar la Declaración de la Renta.
Este cambio, según argumentan desde la Agencia Tributaria, busca regularizar la situación fiscal de quienes han percibido ayudas por desempleo.
Además de los ingresos salariales y las ayudas, también los rendimientos de capital mobiliario y las ganancias patrimoniales sujetas a retención cuentan. Si un contribuyente ha obtenido más de 1.600 euros anuales por este concepto, como puede ser el caso de la venta de fondos de inversión, estará obligado a declarar.
Por otro lado, quienes hayan generado más de 1.000 euros anuales por actividades económicas, alquileres de inmuebles o ganancias patrimoniales no sujetas a retención, como la venta de criptomonedas o acciones, también deberán cumplir con esta obligación. Este umbral incluye, además, ingresos provenientes de ayudas gubernamentales, subvenciones o beneficios obtenidos por inversiones en Letras del Tesoro.

Recomendaciones para quienes no están obligados a declarar
Aquellos que hayan percibido menos de 22.000 euros anuales de un único pagador o menos de 15.876 euros con dos pagadores están exentos de presentar la declaración, siempre y cuando no cumplan con ninguna de las condiciones mencionadas anteriormente.
Pero hay algo importante. Y es que aunque algunos contribuyentes no estén obligados a presentar la Declaración de la Renta, muchos expertos recomiendan realizar un cálculo previo para determinar si el resultado sería favorable. En caso de que la declaración salga a devolver, podría ser conveniente presentarla voluntariamente para recuperar el importe correspondiente.
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