
Cuando un familiar fallece surgen numerosas dudas legales a cerca de los procedimientos a seguir y de las responsabilidades que reciben los herederos, tras la lectura del testamento. Aunque todo este proceso se solucione a través de un notario, conviene conocer la respuesta de algunos interrogantes que se generan en estas situaciones. Concretamente, uno de los asuntos que más dudas provocan son las que se forman alrededor de las multas y sanciones pendientes del difunto.
Y es que, a pesar de obtener el beneficio de algunos bienes, el heredero podría recibir ciertos castigos monetarios de su familiar. Por este motivo, Navarro y Navarro, un bufete de abogados especializados en herencias, ha afirmado la importancia de analizar las diferentes perspectivas legales e interrogantes que envuelven los interrogantes más frecuentes ante estos casos.
¿Se puede heredar una multa o una deuda?
Tal y como ha explicado el bufete de abogados en una publicación de su página web, el principio de personalidad en la sanción establece que las multas tributarias no se pueden transmitir a los herederos del difunto. Esta norma comprende que los sucesores no son responsables de pagar estas sanciones, pues son de carácter personal y se imponen en función de la conducta del infractor. De esta manera, cuando el transgresor fallece, su responsabilidad penal o administrativa se extingue.
Sin embargo, es preciso señalar que existen diversas deudas y obligaciones que sí interfieren en la herencia. Concretamente, los beneficiarios de los bienes del fallecido podrían hacerse cargo de los adeudos pendientes a entidades financieras o impuestos pendientes de pago. Incluso, para evitar que el legado afecte al patrimonio personal de los receptores, existe el beneficio de inventario, un sistema que permite aceptar una deuda hasta el valor de los bienes heredados.
Cómo resolver una multa pendiente

A pesar de que las multas y sanciones no se transmiten a los sucesores del infractor, es fundamental que estos realicen algunos trámites para resolver los pagos pendientes del difunto. Por este motivo, Navarro y Navarro recomienda comunicar el fallecimiento a la entidad correspondiente, junto con el certificado de defunción o cualquier documento que requiera la ocasión. De esta forma, la autoridad deberá archivar el expediente y proceder a la extinción del mismo. No obstante, el bufete señala que cada caso es diferente y debe ser estudiado previamente, en caso de necesitar un asesoramiento legal por la particularidad de la situación.
Y es que, en el caso de que el infractor mantenga una sanción como persona jurídica, es probable que la multa se mantenga y la entidad afectada tenga que asumirla. Además, esta situación puede complicarse en el caso de que los herederos que deben encargarse de ello no aparezcan o se desconozcan.
Asimismo, las autoridades podrán perseguir a aquellos herederos que hayan obtenido un beneficio económico ilícito a raíz de la herencia. Aunque esto suelen ser casos excepcionales, requieren un estudio exhaustivo si se trata de delitos graves o infracciones penales. Igualmente, los sucesores deben seguir las siguientes indicaciones: comunicar el fallecimiento a las autoridades pertinentes, presentar los documentos que lo acrediten y buscar a los herederos para mantener y proteger los derechos del legado.
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