
Si hay algo que nos da miedo a los españoles, además de las multas, son las cartas de Hacienda. Sin embargo, hay que saber que no todas implican sanciones económicas y que, en algunas ocasiones, el usuario puede incluso salir beneficiado. Como explican desde la asesoría fiscal online TaxDown, existen varios tipos de notificaciones que la Agencia Tributaria puede mandar a casa. Los principales son:
- Carta informativa o comunicativa: Se trata, como su propio nombre indica, de una notificación de carácter informativo, que no hay que contestar inmediatamente, pero que sí suele requerir un justificante de que se ha recibido, por ello suelen ser certificadas.
- Comprobación: es la notificación que solicita información adicional o verifica datos declarados. Los hay de varios tipos:
- Requerimiento: La envían cuando los datos proporcionados por el contribuyente no coinciden con los registrados por la Agencia Tributaria. En estos casos, Hacienda solicita la documentación necesaria para justificar el desajuste
- Propuesta de liquidación: Hacienda informa sobre una corrección realizada a una declaración presentada por el contribuyente, basándose en su propio criterio. Si el contribuyente no está de acuerdo, tiene derecho a presentar una alegación.
- Resolución del procedimiento: Hacienda comunica el resultado final del procedimiento, considerando las alegaciones presentadas previamente. Si incluye una liquidación, el contribuyente puede recurrirla si no está conforme.
- Providencia de apremio: Es una notificación importante. Con ella, Hacienda reclama una deuda tributaria no saldada y que ha sobrepasado todos los plazos de pago voluntario. Hay que tener en cuenta que recibirla supone la aplicación de un recargo adicional sobre la deuda pendiente, junto con los intereses generados por el retraso en el pago.
- Diligencias de embargo: Es una notificación incluso más importante que la anterior. Con ella, Hacienda informa sobre una deuda con el Tesoro Público que requiere un pago inmediato. Es fundamental responder para evitar posibles consecuencias graves por la falta de acción
- Expediente sancionador: Hacienda comunica que se ha cometido una infracción y se inicia un expediente sancionador. Se especifican el tipo de impuesto y la cantidad defraudada. Si no estamos de acuerdo, podemos presentar un recurso, pero si no se resuelve a nuestro favor, debemos pagar lo indicado.
- Investigación fiscal: Notificación que indica una inspección más detallada. Con ella, Hacienda avisa de que revisará la documentación, ya sea por azar o por dudas sobre la declaración. Es crucial responder y colaborar, ya que no hacerlo puede empeorar la situación. Después de enviar la documentación solicitada, Hacienda emitirá un acta con la resolución de la investigación.
- Información de otra persona: En estos casos, Hacienda solicita información sobre otra persona o empresa con la que hayamos tenido alguna relación, ya sea como cliente, proveedor o deudor. Es importante responder dentro del plazo establecido.
Cómo actuar ante una carta de la Agencia Tributaria
Lo fundamental a la hora de recibir este tipo de notificaciones es mantener la calma y ponerse en contacto con los gestores o asesores con los que se cuente. Además, los expertos de TaxDown recomiendan:
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- Leer la notificación y apuntar el día en el que se recibió.
- Comprobar el plazo para recurrir o presentar alegaciones y anotarlo.
- No se debe olvidar verificar el tipo de notificación recibida.
- Será necesario revisar quién emite la notificación y el tipo de impuesto involucrado.
- También se debe comprobar si se requiere el pago de una deuda tributaria y el plazo para abonarla.
- Dar una respuesta a la notificación.
- Si Hacienda no queda conforme con lo enviado, se podrá presentar un recurso de reposición y, en última instancia, una reclamación económico-administrativa.

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