
Según los expertos legales, la negativa de un heredero a firmar una herencia puede generar complicaciones en el proceso de reparto de bienes y derechos. El primer paso para resolver este conflicto es intentar alcanzar un acuerdo con el heredero renuente. En caso de no ser posible, se recurrirá a la interpelación notarial, un procedimiento legal que otorga al heredero un plazo de 30 días para aceptar o rechazar la herencia. Si transcurrido ese tiempo no se obtiene respuesta, se asumirá que el heredero ha aceptado la herencia. Si decide renunciar, el reparto de bienes continuará entre los demás herederos, y se podrán iniciar los trámites judiciales necesarios para la distribución.
La aceptación de una herencia es un paso esencial para adquirir tanto los derechos como las obligaciones asociadas a los bienes del fallecido. Este acto puede realizarse de forma expresa, mediante una declaración formal, o tácita, a través de acciones que demuestren la intención de aceptar la herencia. La aceptación implica, además de los bienes, la posible asunción de deudas que pueda tener el fallecido.
Consecuencias legales de la negativa y alternativas
La negativa de un heredero a firmar no lo exime de sus responsabilidades legales. Aunque se rehúse a firmar, el heredero sigue siendo parte de la sucesión y, por lo tanto, puede ser llamado a responder por las deudas que correspondan a su parte de la herencia. Además, si la negativa afecta a la distribución de bienes con los demás coherederos, puede retrasar todo el proceso de reparto.
Existen varias alternativas para resolver el rechazo de un heredero. Si el acuerdo directo no es viable, se puede recurrir a la interpelación notarial, donde el heredero tiene un plazo para manifestar su aceptación o repudio. Si no responde dentro de ese plazo de 30 días, se considerará que ha aceptado la herencia. En el caso de un repudio formal, se procederá a distribuir los bienes entre los demás herederos. Si persiste el desacuerdo sobre cómo se debe llevar a cabo el reparto, se podrá recurrir a la vía judicial para que un juez decida sobre los bienes y su distribución.
El proceso de interpelación notarial
La interpelación notarial es una herramienta legal clave cuando un heredero se niega a firmar. Este procedimiento consiste en que el notario notifique oficialmente al heredero sobre la existencia de la herencia y le dé un plazo para que tome una decisión sobre su aceptación o renuncia. El plazo legal para responder es generalmente de 30 días, aunque puede variar según la legislación local.
El notario redacta un acta en la que se especifican los detalles de la herencia y el plazo para la decisión. Esta acta se entrega personalmente al heredero o se envía por medios certificados para asegurar su recepción.
Si el heredero no responde en el plazo indicado, se entiende que acepta la herencia de manera tácita, con lo que se procederá al reparto de los bienes según lo dispuesto en el testamento o la ley.
Si el heredero no responde a la interpelación notarial en el tiempo estipulado, se asume que ha aceptado la herencia. Esto implica que el heredero asumirá tanto los derechos como las obligaciones relacionadas con la herencia, y el reparto de los bienes se realizará conforme a lo estipulado, ya sea en el testamento del fallecido o de acuerdo con la legislación vigente.
Reparto de bienes y acciones judiciales
Si la situación no se resuelve mediante un acuerdo o la interpelación notarial, se podrá recurrir a la vía judicial. En este caso, los herederos deberán presentar una demanda ante el tribunal correspondiente, exponiendo las razones del desacuerdo. El juez será quien decida cómo debe distribuirse la herencia, tomando en cuenta las pruebas y los argumentos presentados.
En algunos casos, el juez podrá nombrar un contador partidor dativo, un profesional imparcial encargado de realizar un inventario y avalúo de los bienes hereditarios, así como de decidir la forma más adecuada de repartirlos entre los herederos.

Acciones a seguir en caso de desacuerdo
- Comunicación con los demás herederos: es fundamental informar a todos los herederos sobre el proceso y las acciones legales que se están llevando a cabo para resolver el conflicto. La colaboración y el consenso entre los herederos pueden facilitar la solución.
- Acción judicial en caso de desacuerdos importantes: si no es posible llegar a un acuerdo amistoso, se puede recurrir a la vía judicial para que un juez determine cómo se deben repartir los bienes.
- Nombramiento de un contador partidor dativo: si existen dificultades para llegar a un acuerdo sobre el reparto, se podrá nombrar un contador partidor dativo, quien actuará como experto imparcial para garantizar que el reparto se realice de acuerdo con las normativas legales.
Plazos para reclamar una herencia
En España, el plazo para reclamar los bienes heredados es de 30 años desde el fallecimiento del causante. Transcurrido este plazo, los derechos sobre la herencia se pierden. Es esencial actuar dentro de este tiempo para no perder el derecho a los bienes heredados.
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