
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) establecidas por el Ayuntamiento de Madrid. La resolución del TSJM aún no es firme y contra ella cabe la interposición del correspondiente recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
La sentencia anula concretamente aquellas partes de la Ordenanza por las que se definen el ámbito de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en todo el municipio de Madrid; y las que establecen las dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE) de “Distrito Centro” y “Plaza Elíptica”, manteniéndose todo el resto del articulado.
El fallo resuelve así el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el grupo municipal de Vox en el Ayuntamiento de Madrid en 2022 contra el acuerdo del pleno de septiembre de 2021 que aprobaba una modificación de la ordenanza de movilidad sostenible.
El tribunal rechaza las alegaciones de Vox relativas a posibles irregularidades en el proceso de aprobación de la ordenanza, pero estima los argumentos en cuanto a la “notoria insuficiencia” de los informes previos a la aprobación del texto, al entender que existe una “manifiesta insuficiencia” del informe de impacto económico previo a que saliera adelante en el pleno municipal. Fuentes del Ayuntamiento de Madrid han detallado a EFE que los servicios jurídicos están estudiando la sentencia antes de pronunciarse sobre ella.
Noticia elaborada por EFE
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