
Tras un proceso de divorcio o de separación, son muchos padres los que deben tener en cuenta las diferentes pensiones que deben retribuir a sus hijos, a menudo hasta que alcancen la mayoría de edad. La pensión alimenticia es una de ellas, erigiéndose como un concepto básico judicial de la guarda ay custodia. Es por ello que, cuando una pareja se separa, hay que establecer el valor de esta pensión en el caso de tener uno o más hijos juntos.
El cálculo de esta pensión está basado en la necesidad de cubrir todo lo necesario para el cuidado, desarrollo y manutención de los hijos. Según el Código Civil, se define “alimentos” como “todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica”. Según indica Sage Abogados, la cuantía mínima de la pensión de alimentos asciende hasta los 50 euros. Sin embargo, es necesario tener en cuenta varios factores.
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La ley no establece una cuantía fija, ya que son los jueces los que decidirán la cantidad económica. El artículo 146 del Código Civil establece que “la cuantía de los alimentos será proporcional al caudal o medios de quien los da y a las necesidades de quien los recibe”. Los criterios principales para establecer la cuantía de la pensión son los siguientes:
- Los salarios de los progenitores
- Quién se quede el uso de la vivienda familiar
- Quién asume el préstamo hipotecario, si lo hubiera
- El número de hijos
- Si existen circunstancias especiales de salud o educación
- Pactos previos entre progénitores
Sin embargo, existen casos en que el progenitor, que está obligado a pagar la pensión de alimentos, no tiene recursos suficientes Por tanto, le impiden poder dar una pensión de alimentos mínima a sus hijos o simplemente no tiene ingresos. Pero quien esté obligado al pago tiene que pagar un mínimo, de pensión de alimentos y cubrir así los gastos para la atención y cuidado del menor.
Cómo calcular el importe
Como cada caso es particular y hay numerosos factores que interviene, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) dispone de una página web para calcular el pago de la pensión alimenticia. Para acceder a ella basta con introducir este enlace en el buscador: https://www6.poderjudicial.es/PensionAlimenticiaWeb/frmGeneral.aspx
Entre los datos a rellenar se encuentra la comunidad autónoma, la provincia y la localidad, así como el número de hijos. Como también influye si la custodia es monoparental o compartida, la web ofrece elegir entre ambos.

En el caso de custodia compartida, hay que rellenar datos como el ingreso de los progenitores, el número de días al año de la permanencia del menor, los importes de la custodia compartida, así como la aportación al progenitor obligado. En cambio, en la custodia monoparental, habrá que introducir el ingreso del custodio y el no custodio, además de la pensión inicial, la comunidad autónoma, la localidad y el total de la pensión. Pese a que la página es una estimación y no es definitiva, permite hacer un resultado aproximado.
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