Casi un millar de mujeres han solicitado baja por reglas dolorosas en los primeros seis meses desde su entrada en vigor

La medida va destinada a mujeres que sufren menstruaciones incapacitantes y deben ser acreditadas por el médico de cabecera

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Mujer con dolores menstruales.
El número de bajas aumenta cada mes pero no existe "una avalancha de bajas" Crédito: Andina

Casi un millar de mujeres han solicitado incapacidad temporal por menstruaciones dolorosas en los primeros seis meses desde su entrada en vigor el pasado 1 de junio. La medida se adoptó en el marco de la reforma de la ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción del Embarazo y el número de mujeres que ha solicitado la baja por este motivo ha ido creciendo mes a mes, según han confirmado a Europa Press fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

“Sí, se está registrando un incremento progresivo, pero nada que ver con una avalancha de bajas como se llegó a decir”, ha explicado un portavoz del ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones con relación a las dudas que suscitó la medida impulsada por la exministra de Igualdad, Irene Montero. Miembros del ala socialista del anterior Gobierno de Pedro Sánchez advirtieron del riesgo de estigmatización de la mujer y uno de los argumentos esgrimidos fue que los dolores asociados a este período ya eran de por sí causa de baja, sin necesidad de asociarlos por ley a la menstruación como tal.

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También mostró su rechazo el Partido Popular, que advirtió del riesgo de “marginación, estigmatización” y “consecuencias negativas en el mercado laboral” para las mujeres.

La reforma de la ley del aborto incluyó una modificación de la Ley General de la Seguridad Social para reconocer como situaciones especiales de incapacidad temporal por contingencias comunes aquellas bajas laborales en caso de menstruación incapacitante secundaria, así como la situación posterior a la interrupción del embarazo y el embarazo desde el día primero de la semana trigésima novena.

La norma no establece requisitos para solicitar las bajas, aunque sí es necesaria la constatación de la situación por el médico de cabecera como en cualquier enfermedad común. Tampoco especifica la norma la cuantía de prestación económica, aunque actualmente las bajas por contingencias comunes implican el 60% de las base reguladora desde el cuarto día al vigésimo (incluido) y el 75% desde el día 21 en adelante.

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En el caso las menstruaciones incapacitantes e interrupción del embarazo, el subsidio se abona mientras el beneficiario se encuentre en situación de incapacidad temporal. La norma no establece tampoco un número de días concreto.

España, primer país europeo en reconocer las bajas por menstruación dolorosa

España se convirtió en febrero de este año en el primer país en Europa en reconocer a las mujeres el derecho a una baja laboral por una menstruación dolorosa e incapacitante.

Según un estudio recogido por el sindicato español Unión Sindical Obrera (USO), el 53 % de las mujeres sufre reglas dolorosas y en jóvenes, sube al 74 %.

La nueva ley, además, se propuso combatir la pobreza menstrual, y apostar por la gratuidad de los productos de higiene menstrual -tampones, compresas o copas menstruales- en centros educativos, prisiones y centros sociales para las mujeres en situación de vulnerabilidad.

(Información de Europa Press y EFE)