Durante la posesión presidencial de Abelardo de la Espriella, que se llevó a cabo el 7 de agosto de 2026 en el auditorio Arena USC,Cali, Valle del Cauca, participaron el rabino David Michaan, el pastor evangélico Eduardo Cañas Estrada y monseñor Francisco Javier Múnera, presidente de la Conferencia Episcopal de Colombia.
La inclusión de esas voces en un acto oficial generó cuestionamientos entre quienes consideran que un Estado laico debe mantener sus ceremonias al margen de manifestaciones religiosas.
La senadora de la República del partido Dignidad y Compromiso, Jennifer Pedraza, decidió retirarse del evento en desacuerdo por la inclusión de escenarios religiosos que afectan la naturaleza laica del Estado colombiano. Incluso, afirmó que el Gobierno De la Espriella ya empezó a incumplir su promesa de respetar lo establecido en la Constitución Política de 1991.
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“Me retiré de la sesión del Senado en la que se posesionó el Pdte. Abelardo. No haré parte de una ceremonia que abiertamente amenaza la naturaleza laica del Estado colombiano que es un mandato constitucional. El Estado debe ser NEUTRAL en términos religiosos y dar garantías a la ciudadanía ENTERA. Empiezan incumpliendo su primera promesa: respetar la constitución”, expuso la legisladora en su cuenta de X.
Sobre el debate por la presencia de líderes religiosos en la investidura presidencial y su incidencia directa sobre la secularidad del Estado, establecida en la Carta Magna, el abogado constitucionalista Juan Manuel Charry planteó una lectura distinta: un servidor público conserva sus convicciones personales aun cuando ejerce una función estatal.
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“En mi opinión sí se puede hacer”, afirmó en diálogo con La FM, refiriéndose a una posesión en la que participaron representantes de tres confesiones. Conforme a lo expuesto por el experto, el Estado laico exige neutralidad institucional frente a las religiones, pero no impone silencio religioso a los ciudadanos ni a los funcionarios. En esa línea, explicó que un mandatario puede expresar sus creencias o invitar a representantes de distintas confesiones en un espacio que también tenga un componente personal.

Charry también marcó un límite preciso entre la expresión individual de la fe y el uso del poder público para imponer una creencia. “El Estado laico lo que implica es una neutralidad estatal frente a las religiones, pero también garantiza una libertad de religión para todas las personas, ciudadanos y funcionarios”, dijo.
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Esa distinción, añadió, impide que el Estado colombiano establezca una religión oficial o fuerce prácticas religiosas sobre la población. Como ejemplo, señaló que un funcionario puede tener símbolos religiosos personales en su despacho, pero no emplear su cargo para obligar a otros a participar en actos de culto.
“Lo que no puede hacer es tomar decisiones que impongan una creencia religiosa a las personas”, sostuvo Charry. De igual manera, subrayó que la libertad de conciencia protege por igual a quienes profesan una religión y a quienes no creen en ninguna.
“Se debe respetar por igual a las personas que creen como a las que no creen”, indicó el togado. Desde esa perspectiva, consideró que la posesión presidencial no convirtió a Colombia en un Estado confesional porque la presencia de los líderes religiosos no implicó imposición sobre los ciudadanos.
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Con una visión similar, Álvaro Grajales, abogado de la Universidad Javeriana, con experiencia en asuntos legislativos y análisis político, sostuvo que la presencia del rabino, pastor y sacerdote no afecta al Estado laico, sino que es la muestra del pluralismo religioso que hay en Colombia.
“El “mandato constitucional” que invoca ordena jurar a Dios (art 192). Laicidad no es laicismo. El Estado no impone credos, tampoco los expulsa. Que hablaran un rabino, un sacerdote y un pastor es pluralismo”, señaló en X.
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