Los casos de Jorge Alfredo Vargas y Rafael Poveda son distintos, aclaró abogada: “La presunción de inocencia no significa que una denuncia sea falsa”

Sharon Nicole Castillo analizó las diferencias jurídicas entre los procesos que involucran a los periodistas y explicó por qué considera que no deben tratarse bajo los mismos criterios en la opinión pública

La abogada Sharon Nicole Castillo pide no equiparar los casos de Jorge Alfredo Vargas y Rafael Poveda - crédito @abogadasharoncastillo/IG

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Las denuncias por presunto acoso sexual que involucran a reconocidas figuras de los medios de comunicación en Colombia continúan generando un intenso debate en redes sociales.

En medio de las múltiples opiniones que han surgido tras la imputación de cargos contra el periodista Jorge Alfredo Vargas y las denuncias públicas conocidas contra Rafael Poveda, la abogada litigante Sharon Nicole Castillo publicó un video en el que explicó por qué, desde el punto de vista jurídico, ambos casos no deberían ser equiparados ni convertirse en motivo para generalizar sobre las denuncias de las mujeres.

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La jurista comenzó señalando que le llama la atención la diferencia en la forma como la opinión pública reaccionó frente a cada uno de los casos.

Según explicó, mientras uno de los periodistas fue ampliamente cuestionado desde que se conocieron los señalamientos, el otro recibió un respaldo mayor en redes sociales, situación que, a su juicio, demuestra que muchas personas están juzgando con base en simpatías y no en criterios jurídicos.

Sharon Nicole Castillo pide no mezclar los casos de Jorge Alfredo Vargas y Rafael Poveda - crédito Imagen ilustrativa Infobae, @soyrafaelpoveda y @abogadasharoncastillo/IG
Sharon Nicole Castillo pide no mezclar los casos de Jorge Alfredo Vargas y Rafael Poveda - crédito Imagen ilustrativa Infobae, @soyrafaelpoveda y @abogadasharoncastillo/IG

“Quiero que hablemos de algo que se está generalizando con estos casos y no está bien. Hay algo que me parece muy llamativo al comparar el caso de Jorge Alfredo Vargas y el de Rafael Poveda. Cuando se conocieron los señalamientos contra Jorge Alfredo, la reacción pública fue inmediata. Lo repudiaron, lo insultaron. Incluso muchas personas hablaron de él como si ya existiera una condena. Hasta hubo consecuencias laborales y reputacionales cuando el proceso penal apenas estaba comenzando. Jorge Alfredo ha manifestado que solo hasta la audiencia de imputación conoció formalmente cuáles eran los hechos concretos por los que la Fiscalía lo investigaba. Es decir, para cuando pudo saber jurídicamente de qué debía defenderse, las redes sociales ya lo habían juzgado”, afirmó.

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Posteriormente, Castillo contrastó esa situación con lo ocurrido tras la divulgación de testimonios relacionados con Rafael Poveda en el marco del movimiento Yo Te Creo Colega, asegurando que en ese caso parte de la conversación pública tomó un rumbo completamente distinto.

Con Rafael Poveda ocurrió algo totalmente diferente. Su nombre apareció vinculado a relatos divulgados dentro del contexto de Yo Te Creo Colega. Sin embargo, frente a Rafael gran parte de la reacción pública cambió. Muchas personas no solamente defendieron su presunción de inocencia, sino que además empezaron a burlarse de las denunciantes, a llamarlas mentirosas y a concluir que, si existen vacíos en el proceso, entonces necesariamente se inventaron los hechos. Jurídicamente eso tampoco está bien. Una cosa es decir que una persona debe ser considerada inocente mientras no exista una condena y otra muy diferente es afirmar que entonces la denunciante está mintiendo. La presunción de inocencia protege al investigado, pero eso no convierte automáticamente una denuncia en falsa”, sostuvo.

La abogada aseguró que ambos procesos reflejan una tendencia preocupante en la manera como las redes sociales reaccionan frente a investigaciones judiciales, pues, según dijo, se suele condenar o absolver públicamente a las personas antes de que exista una decisión de la justicia.

La aclaración de Sharon Nicole Castillo sobre las denunciantes del caso Jorge Alfredo Vargas - crédito @abogadasharoncastillo/IG

“¿Qué nos muestran estos dos casos? Que en redes sociales y en los medios no siempre aplicamos principios jurídicos, sino simpatías. A una persona la condenamos desde el primer señalamiento y a otra la absolvemos públicamente mientras atacamos a quienes denunciaron. El estándar debe ser exactamente el mismo para todos. La denuncia debe investigarse con seriedad, las mujeres deben ser tratadas con dignidad y el investigado debe conocer claramente los hechos y contar con una defensa real. La responsabilidad penal solo puede establecerse con pruebas ante un juez, porque creer no es condenar y presumir la inocencia tampoco es declarar mentirosa a quien denuncia”, explicó.

En otra parte de su intervención, Sharon Nicole Castillo se refirió a la situación de algunas de las mujeres vinculadas como presuntas víctimas en el proceso contra Jorge Alfredo Vargas, luego de que manifestaran públicamente que no desean continuar participando activamente dentro del proceso penal.

La litigante aclaró que esa decisión no puede interpretarse automáticamente como un retiro de la denuncia o una retractación de los hechos denunciados, pues la legislación colombiana reconoce distintos derechos a las víctimas de delitos sexuales, entre ellos la protección de su intimidad y la prevención de la revictimización.

“Se ha dicho que algunas de las mujeres del caso de Jorge Alfredo Vargas renunciaron al juicio, pero antes de sacar conclusiones hay que entender que no querer aparecer públicamente, dejar de participar y pedir que el proceso termine no significan lo mismo. Una mujer puede decidir proteger su nombre, su imagen y los detalles de su historia. Puede pedir confidencialidad y evitar una exposición innecesaria. Eso no elimina su denuncia ni significa que se esté retractando. La ley reconoce derechos como la intimidad, la confidencialidad, la no revictimización y la protección frente a posibles retaliaciones”, señaló.

Las presuntas víctimas del caso Jorge Alfredo Vargas aclaran que no se retractan de sus denuncias internas - crédito @DIEGOAL36671102/X
Las presuntas víctimas del caso Jorge Alfredo Vargas aclaran que no se retractan de sus denuncias internas - crédito @DIEGOAL36671102/X

Asimismo, explicó que, tratándose del delito de acoso sexual, corresponde a la Fiscalía determinar si existen suficientes elementos probatorios para continuar con la investigación, independientemente de la voluntad de las denunciantes de intervenir activamente en el proceso.

Aunque una denunciante diga que no quiere impulsar el caso, la Fiscalía no está obligada a cerrarlo automáticamente. Es el Estado el que decide si existen elementos suficientes para continuar. Claro está que, si el relato de la víctima era una prueba esencial y finalmente no puede discutirse dentro del juicio, el proceso puede perder fuerza. En ese escenario, la Fiscalía tendría que demostrar los hechos mediante otras evidencias, como mensajes, correos electrónicos, documentos, registros laborales o testimonios. Y esas pruebas deben ser suficientemente sólidas para demostrar la responsabilidad más allá de toda duda razonable. Pero ninguna de esas posibilidades autoriza a concluir que las mujeres mintieron o que los hechos nunca ocurrieron”, concluyó.

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