
Luego de la reacción por parte del presidente Gustavo Petro a la publicación que replicó su abogado Alejandro Carraza sobre la decisión judicial en medio del proceso que sigue en curso (publicada por este portal el 17 de marzo bajo el título Juzgado negó tutela contra Petro y concluyó que sus denuncias sobre riesgos electorales tienen “sustento fáctico”), María Fernanda Cabal reaccionó a las palabras del jefe de Estado e hizo una grave conclusión que compartió en redes sociales.
Por cuenta de la publicación de Carranza, el mismo 17 de marzo el mandatario señaló al respecto: “El señor registrador y procurador deben retractarse, irrespetaron al presidente de la república por decir la verdad”.
Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel
Sumado a lo anterior, en el mismo mensaje Petro afirmó que “el fraude electoral está demostrado desde el año 2014 y se mantiene el mismo fraude y la misma empresa desde ese entonces cuando la orden por sentencia judicial era cambiarlo”.
En consecuencia, la mañana del jueves 19 de marzo Cabal se refirió a las palabras del presidente colombiano, y en su mensaje por medio de la misma red social, la senadora y exprecandidata presidencial por el Centro Democrático, afirmó: “Petro, entonces según esto que dice, admite que se eligió con fraude en 2022”.

Qué señaló en concreto la decisión judicial a la que se refiere Alejandro Carranza, abogado del presidente Petro
El Juzgado Segundo Civil del Circuito de Rionegro negó la tutela presentada contra el presidente Gustavo Petro que buscaba limitar sus declaraciones sobre potenciales riesgos electorales en las elecciones de 2026.
La sentencia concluye que las afirmaciones del jefe de Estado sobre posibles irregularidades no constituyen información falsa ni vulneran derechos fundamentales, al encontrar que cuentan con un respaldo fáctico mínimo según criterios de razonabilidad.
Esta decisión sienta un precedente relevante sobre el alcance de la libertad de expresión presidencial en temas electorales, a partir de elementos previamente acreditados por la justicia, y define el nivel de justificación requerido para alertas públicas de esta naturaleza, según expuso el abogado Alejandro Carranza a través de la red social X, de acuerdo con el fallo.
La sentencia del despacho judicial introduce un matiz esencial para el análisis público: el fallo destaca que la referencia del presidente a supuestas irregularidades no surge de presunciones infundadas, sino que halla sustento documental en decisiones previas, específicamente en la sentencia del Consejo de Estado de 2018.

En ese precedente, el tribunal constató anomalías en el sistema de escrutinios y en la trazabilidad del software durante las elecciones legislativas de 2014, lo que condujo a la anulación parcial de la elección de algunos senadores. Según el juzgado, “la afirmación del presidente sobre posibles irregularidades ‘encuentra apoyo objetivo suficiente en la sentencia proferida el 8 de febrero de 2018 por la Sección Quinta del Consejo de Estado’”.
El juzgado concluyó que las acusaciones de Petro están respaldadas por antecedentes judiciales verificables
Al detallar el alcance de las acusaciones presidenciales, el despacho subrayó que la expresión “fraude” mantiene una carga política, pero no puede calificarse de arbitraria ni carente de toda base, ya que remite a hechos ya evaluados en sede judicial.
El fallo explicó: “No puede decirse que carezca por completo de anclaje objetivo”, en referencia a los hechos establecidos por el Consejo de Estado sobre anomalías en procesos electorales anteriores, según el razonamiento del despacho.
En cuanto a las declaraciones de Petro sobre una posible alteración de resultados electorales en 2022, el juzgado reconoció que no hay verificación plena de tales hechos por parte de la justicia.
A pesar de ello, estableció que tampoco puede considerarse que tales afirmaciones sean “totalmente arbitrarias”, ya que existen investigaciones en curso impulsadas por el propio mandatario, así como advertencias públicas del procurador general sobre inconsistencias en formularios electorales que habrían afectado la contabilización de votos.
La providencia es clara al afirmar: “Existe un soporte fáctico mínimo que impide calificar la afirmación como completamente arbitraria o huérfana de sustento”.

Opiniones presidenciales sobre empresas del sector electoral: análisis judicial
El fallo incluyó un examen sobre las advertencias que hizo el presidente acerca de la empresa Thomas Greg & Sons y su papel en la organización de procesos electorales.
Para el juzgado, estas afirmaciones constituyen opiniones políticas sustentadas en hechos verificables, como la participación de la compañía en la logística electoral proyectada para 2025 y 2026, la gestión de documentos estatales y su vinculación anterior a procesos tecnológicos en elecciones pasadas, bajo cuestionamientos judiciales o administrativos.
El despacho judicial concluyó: “No se está ante información manifiestamente falsa o mentirosa, sino ante una opinión presidencial de riesgo que, aunque discutible y políticamente controversial, satisface el umbral mínimo de justificación fáctica y razonabilidad exigido por la jurisprudencia constitucional”.
Luego de la revisión de los argumentos y pruebas, el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Rionegro decidió: “Negar el amparo constitucional promovido por José Guillermo Castro Mora (…) en contra del Presidente de la República de Colombia, Gustavo Francisco Petro Urrego, y del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República”.
La sentencia también ordenó notificar a las partes y resuelve que, si nadie la impugna, el expediente será remitido a la Corte Constitucional de Colombia para una eventual revisión, en cumplimiento del Decreto 2591 de 1991.
Más Noticias
La selección Colombia “involucionó”, según Carlos Antonio Vélez: “Son lentos, previsibles, vulnerables e inseguros”
El periodista lanzó duras críticas al combinado nacional por la derrota 2-1 frente a Croacia, señalando problemas en el juego colectivo
Gobierno de Petro logra que Ecopetrol suba dividendo y asegura billonarios ingresos para 2026
La Asamblea de Accionistas aprobó aumentar el dividendo a $121 por acción, lo que elevará el pago total a $4,9 billones, de los cuales cerca de $4,4 billones irán al Gobierno nacional
Comentarios de Davo Xeneize contra Colombia generaron polémica: llamó “plaga” y “selección chica” a la Tricolor
La derrota ante Croacia fue tomada con humor por parte del streamer argentino, que debatió con sus seguidores cafeteros

Ranking Netflix: las películas más vistas HOY por el público colombiano
El cine ha experimentado una transformación total desde la llegada de plataformas de streaming, pues ha revolucionado la forma de hacer y mirar películas

Expresidente de la Corte Constitucional pidió tumbar la emergencia económica del Gobierno Petro: “No puede ser mecanismo para eludir el debate”
El concepto remitido al alto tribunal cuestiona que la medida excepcional no cumple los requisitos de necesidad ni conexidad exigidos por la Constitución



