
Con el inicio del periodo escolar 2026 en Bogotá, las autoridades educativas han reiterado las normas y recomendaciones clave sobre la adquisición de útiles escolares y el uso de uniformes, con el objetivo de proteger los derechos de las familias y asegurar la transparencia en los procesos educativos.
Tanto la Secretaría de Educación del Distrito como el Ministerio de Educación Nacional han emitido directrices claras para evitar abusos y garantizar el acceso equitativo a la educación.
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Según la Secretaría de Educación, la lista de materiales escolares debe ser aprobada previamente por el Consejo Directivo de cada establecimiento y entregada a las familias al momento de la matrícula. Esto aplica tanto para colegios oficiales como privados, asegurando que los padres tengan claridad y tiempo suficiente para planificar la compra de útiles.

Asimismo, se ha precisado que los textos escolares no podrán renovarse antes de tres años, salvo en casos debidamente justificados, a fin de evitar gastos innecesarios para las familias.
Uno de los puntos más relevantes es que los colegios no pueden exigir que los materiales sean adquiridos en lugares específicos ni imponer convenios comerciales con proveedores. Tampoco está permitido que los establecimientos vendan directamente los útiles escolares o textos, lo que promueve la libre competencia y evita prácticas restrictivas que puedan perjudicar a los padres y acudientes.
En este sentido, la Resolución 17821 de 2023 refuerza la prohibición de exigir marcas particulares o limitar la participación de distintos proveedores. La normativa también establece que los materiales incluidos en las listas deben destinarse exclusivamente a fines pedagógicos y en ningún caso podrán convertirse en una carga desproporcionada para las familias.
Los colegios tienen la responsabilidad de organizar un cronograma de uso de útiles y textos, evitando que los padres deban adquirir todo al inicio del año escolar, lo que contribuye a aliviar la presión económica en los hogares.

En cuanto a los uniformes escolares, la regulación es igualmente estricta. Solo se puede exigir un uniforme de uso diario y otro para actividades físicas, recreativas o deportivas. Su utilización debe estar claramente estipulada en el Manual de Convivencia de cada colegio.
Además, ningún estudiante podrá ser excluido de actividades académicas por la falta de uniforme cuando existan razones económicas que lo justifiquen. Los establecimientos tampoco pueden vender uniformes, ni exigir su compra en sitios particulares, garantizando así la igualdad de condiciones entre los estudiantes.
Para asegurar el cumplimiento de estas disposiciones, la Secretaría de Educación del Distrito puso a disposición de la comunidad educativa canales de denuncia, entre ellos los números de WhatsApp 3227311161 y 3180663727.
Los padres, madres y acudientes pueden reportar irregularidades relacionadas con útiles o uniformes, indicando el nombre del establecimiento educativo y el motivo de la denuncia. También es posible presentar quejas en el Sistema Distrital para la Gestión de Peticiones Ciudadanas, a través de la Ventanilla de Radicación Virtual o en las Direcciones Locales de Educación.

El Ministerio de Educación precisó que los establecimientos privados deben entregar la lista completa de útiles, textos y uniformes en el momento de la matrícula, con el aval del Consejo Directivo. Estos insumos deben estar orientados a apoyar el proceso educativo y evitar cargas excesivas para las familias.
Además, se exige que los colegios carguen la lista de materiales en la aplicación EVI, como parte del proceso de autoevaluación institucional, lo que facilita la inspección y vigilancia por parte de las autoridades educativas.
La normativa prohíbe, de manera expresa, que se imponga a las familias la obligación de adquirir materiales en el propio colegio, en comercios vinculados a asociaciones de padres o con proveedores con los que existan convenios. Esta medida busca eliminar cualquier posible conflicto de interés y asegurar que la adquisición de útiles y uniformes responda únicamente a las necesidades pedagógicas de los estudiantes.
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