Es lega o ilegal pintar las calles y andenes para celebrar Navidad: esto dice la norma

Esta tradición tan común y arraigada en las costumbres de los colombianos cuenta con un marco legal que se debe seguir para no arruinar las fiestas

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Pintar las calles en navidad es una práctica muy común que aunque no parezca, esta regulada - crédito Nuestra Colombia / Facebook
Pintar las calles en navidad es una práctica muy común que aunque no parezca, esta regulada - crédito Nuestra Colombia / Facebook

Las celebraciones de fin de año en Colombia se distinguen por una variedad de expresiones culturales cargadas de simbolismo, entre ellas hay una muy especial, es la decoración de calles y andenes con dibujos, frases y colores alusivos a la Navidad o la identidad del barrio.

Esta costumbre, que representa un elemento identitario y de unión para muchos barrios y comunidades, enfrenta un marco legal bien definido que regula cómo, cuándo y bajo qué condiciones puede realizarse cualquier intervención en el espacio público.

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A pesar del entusiasmo colectivo que genera esta tradición, la ley colombiana señala claramente que las calles y andenes están clasificados como bienes de uso público, condición que implica ciertos límites para quienes desean intervenir en estos espacios, aunque muchos los consideren parte vital de sus casas.

Los artículos 674 y 678 del Código Civil colombiano especifican que estos bienes son propiedad de la Nación y tienen como propósito primordial el disfrute de toda la ciudadanía, no solo de un grupo o individuo en particular.

Pintar calles o andenes sin los permisos requeridos constituye una infracción - crédito Alcaldía de Bogotá
Pintar calles o andenes sin los permisos requeridos constituye una infracción - crédito Alcaldía de Bogotá

Debido a esto, queda prohibida cualquier forma de modificación, pintura o alteración sin antes contar con la autorización de las autoridades competentes, especialmente de las administraciones municipales o locales.

En consecuencia, pintar calles o andenes sin los permisos requeridos constituye una infracción. Las leyes vigentes buscan evitar daños permanentes y garantizar la seguridad de quienes circulan, especialmente en épocas donde la ornamentación podría interferir con la visibilidad o dificultar el tránsito de personas y vehículos.

El Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, también conocido como Código de Policía, endurece aún más estas restricciones.

A través de su artículo 139, prohíbe toda acción que cause daño, altere o modifique bienes públicos sin la debida autorización.

Este mismo cuerpo normativo, en el artículo 140, estipula la imposición de multas para quienes atenten contra la estética o integridad de los espacios compartidos.

Sin embargo, no todo está vedado para quienes desean iniciar desde ya la tradición decorativa.

El propio marco legal prevé excepciones precisas. Cuando ciudadanos o colectivos gestionan las autorizaciones correspondientes, pueden llevar a cabo actividades de embellecimiento navideño de manera legal y ordenada.

Los artículos 202 y 204 del Código de Policía facultan a las autoridades locales para conceder permisos especiales destinados a la realización de actividades culturales - crédito Nuestra Colombia / Facebook

Estas solicitudes deben ser formales, es decir, por escrito, y presentarse directamente ante las alcaldías, detallando el proyecto decorativo en cuanto extensión y tiempo.

Además deben asumir el compromiso de restaurar el espacio público a su estado original una vez concluidas las festividades o el tiempo límite solicitado.

La autorización puede también otorgarse en el marco de concursos organizados oficialmente, como aquellos que eligen la cuadra mejor adornada en Navidad, siempre y cuando las intervenciones no generen daños irreparables ni comprometan la seguridad vial.

Los artículos 202 y 204 del Código de Policía facultan a las autoridades locales para conceder permisos especiales destinados a la realización de actividades culturales, recreativas o comunitarias, con la condición irrevocable de proteger la integridad del espacio y garantizar la seguridad de los ciudadanos.

Esta posibilidad ha permitido que la tradición se adapte a los procedimientos administrativos, reconciliando el esfuerzo comunitario con el respeto a la norma.

Los artículos 202 y 204 del Código de Policía facultan a las autoridades locales para conceder permisos especiales destinados a la realización de actividades culturales - crédito Nuestra Colombia / Facebook

En suma, la normativa colombiana equilibra la protección del interés público con el reconocimiento del valor cultural de las tradiciones festivas.

Las decenas de barrios que cada año buscan embellecer sus calles pueden seguir haciéndolo, siempre que gestionen los permisos adecuados y se ajusten a los lineamientos de seguridad y conservación establecidos por las autoridades.

La ley no impide la expresión colectiva, de hecho muchos entes municipales y locales fomentan esta unión entre vecinos, pero exigen el uso responsable del espacio público para el goce de todos. Es así que las cuadras entusiastas de la navidad, aun están a tiempo para solicitar los permisos.