Suspenden la audiencia
La defensa del procesado pidió a la jueza rechazar la petición de la Fiscalía de cobijar al procesado con una medida de aseguramiento en centro carcelario. Sus argumentos quedaron inconclusos porque la jueza suspendió la diligencia y programó su continuación para el 12 de noviembre de 2025 a partir de las 10:00 a. m.
Abogado de víctimas pide reclusión del procesado
Abogado de víctimas pidió que el agresor tenga un “tratamiento penitenciario desde el inicio”, con el fin de preservar la seguridad de la comunidad.
“Que esta persona tenga una medida cautelar de carácter personal, que nos permita a todos, primero, dormir tranquilos, y segundo, confirmar y reafirmar que somos un estado social de derecho”, indicó Francisco Bernate.
Aseguró que la conducta de González demuestra que las personas que lo rodean pueden estar en riesgo, si en algún momento tienen diferencias con él.
“Con este chico en las calles, ¿será que los padres y madres de familia están tranquilos?, ¿en qué momento alguien dice o hace algo que no le guste al muchacho y terminan enterrándolo?”, señaló.

Francisco Bernate, abogado de las víctimas, aseguró que en este caso no aplica el homicidio preterintencional, puesto que este tipo penal solo surge cuando la muerte es un resultado “no querido, fortuito y culposo, producto de una consecuencia que rebasa el riesgo inicialmente asumido”.
En este caso, según el abogado, el riesgo no fue rebasado, fue completamente asumido por los agresores. Eso se evidencia en los golpes que propinaron al estudiante, algunos de ellos en la cabeza, “una zona anatómica vital frágil”.
“No hubo forcejeo, no hubo defensa, no hubo proporcional, fue un ataque unilateral sostenido y dirigido a una zona vital”, detalló.
Así las cosas, aseguró que, además, González y Suárez Ortiz fueron indiferente a la muerte de la víctima.
“No estamos ante el exceso culposo de una riña, estamos ante la aceptación consciente del resultado, la absoluta indiferencia frente a la muerte ajena, lo que en términos dogmáticos constituye un dolo directo de primer grado”, dijo.
Ministerio Público pidió privación de la libertad del procesado
El delegado de la Procuraduría respaldó a la Fiscalía y pidió la privación de la libertad del procesado.
“Así las cosas, señoría, afectar la libertad personal del señor González Castro es una medida proporcional en lo estricto, necesaria, adecuada, para preservar la comunidad y evitar que pueda evadir la acción de la justicia”, explicó.
Pidió que sea cobijado con “una medida cautelar de sana naturaleza”.
Ministerio Público advirtió sobre “linchamiento” de Jaime Esteban

El representante del Ministerio Público se pronunció cuestionando las acciones del procesado, poniendo sobre la mesa el hecho que atacó a la víctima ante la sospecha de que cometió un delito relacionado con el acoso sexual de una mujer. Según indicó, el Rodríguez y Suárez Ortiz tuvieron la intención de asesinar a Jaime Esteban Moreno por ese motivo.
“Pareciera como una especie de linchamiento, es decir, una ejecución extrajudicial respecto de quien, se asume, puede ser el reo de un delito (…), estamos hablando de que se avisora una intención de matar”, precisó.
Fiscalía pide medida de aseguramiento en centro carcelario
La delegada del ente acusador pidió que Ricardo González sea cobijado con una medida de aseguramiento privativa de la libertad en un establecimiento de reclusión. Explicó que, además de constituir un peligro para la comunidad, no tiene un arraigo y tiene lugares para permanecer oculto y no comparecer ante la justicia.
La fiscal explicó que la conducta del procesado fue una “reacción” violenta que podría volver a repetirse en un caso similar, por lo que las personas que lo rodean podrían estar en peligro. En ese sentido, a su juicio, es necesario que permanezca privado de la libertad mientras se adelantan las investigaciones en su contra.
“Una detención domiciliaria no garantizaría efectivamente que pudiera estar protegida esa comunidad de esos ataques”, detalló.
Fiscal explica por qué Ricardo González es un riesgo para la comunidad
La fiscal del caso indicó que las acciones de González y de Suárez Ortiz constituyen un caso de justicia por mano propia, teniendo en cuenta que la víctima fue señalada de un presunto abuso sexual. Aseguró que su conducta demostró que no tenían intenciones de acudir a las autoridades y que prefirieron golpear al joven hasta causarle la muerte.
Incluso, “se alejan del lugar, dejando que se produzca su fallecimiento”, pese a que sabían que Jaime Esteban Moreno se estaba ahogando con su propia sangre.
“Este tipo de comportamiento es uno de los comportamientos que uno puede indicar que efectivamente representa un peligro para la comunidad, para la sociedad, y que presenta un riesgo de reiteración”, precisó.
Fiscal reveló testimonio de una testigo

La delegada del ente acusador presentó el testimonio de Emperatriz Carreño Vargas, una habitante de la zona donde Jaime Esteban Moreno fue agredido. La ciudadana vio lo que estaba pasando desde el segundo piso de su vivienda.
“Escucha efectivamente que vienen produciéndose ruidos como si se desarrollara una pelea, escucha unos golpes muy fuertes. Señala que pudo observar cunado estaban agrediendo a la víctima”, precisó.
Asimismo, contó que en medio de las agresiones, tanto la víctima como el amigo que lo acompañaba trataron de parar con el ciclo de violencia que se estaba presentando, pero no fue posible.
“La víctima trató de defenderse (…). Estaba tratando de agredirlo, pero que no pudo golpearlo gracias a que el chico de blanco se interponía en la mitad de ellos mientras los dos le decían al chico de rojo: ‘Ya no más, ya es suficiente’”, dijo.
Fiscal reveló detalles de la causa de muerte de la víctima
Para sustentar la solicitud de una medida de aseguramiento privativa de la libertad, la fiscal del caso indicó que las agresiones causadas por González y Suárez Ortiz derivaron en la muerte de Jaime Esteban Moreno, según se estableció tras la necropsia del joven.
“Determina que la causa de muerte es el trauma craneano contundente cerrado y como opinión médico-legal sobre la manera de muerte: violenta-homicidio”, precisó.
Fiscal explicó por qué se debe imponer la privación de la libertad
La fiscal del caso aseguró que la libertad del imputado constituye un peligro para la comunidad y advirtió que existe un riesgo de no comparecencia. Por tal razón, explicó que en este caso se debe imponer una medida de aseguramiento privativa de la libertad contra González.
“Nos encontramos procediendo por el delito de homicidio agravado del artículo 103 y 104, numeral séptimo (…), delito que comporta una pena superior a los cuatro años, razón por la cual es procedente la imposición de una medida de aseguramiento privativa de la libertad”, detalló.
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