Trabajadores dependientes que ganan menos de este salario podrán cotizar a seguridad social y pensión con pagos flexibles

El Ministerio del Trabajo expidió la Circular 0093 del 1 de septiembre de 2025 en la que se establece la medida y se incluye la cotización por días o por semanas

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Se estima que el 59.2%
Se estima que el 59.2% de los trabajadores en Colombia son dependientes, es decir, alrededor de 13,9 millones de personas - crédito Jaime Saldarriaga/Reuters

El Ministerio del Trabajo anunció que queda en firme el esquema de cotización a la seguridad social que permite a trabajadores dependientes, con ingresos inferiores a un salario mínimo, hacer aportes a pensión, riesgos laborales y a caja de compensación familiar, por periodos inferiores a un mes.

La medida, fue oficializada por medio de la Circular 0093 del 1 de septiembre de 2025, en cumplimiento de la Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025) y la Reforma Pensional (Ley 2381 de 2024) que incluye la cotización por días o por semanas.

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Especifica, que en la afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral de los trabajadores dependientes que se encuentren vinculados laboralmente por periodos inferiores a un mes o por días, en virtud de un trabajo por tiempo parcial, la cotización se hará de acuerdo con el reglamento existente.

Antonio Sanguino es el ministro
Antonio Sanguino es el ministro del Trabajo - crédito Ministerio del Trabajo

“Esta cotización a tiempo parcial amplía la formalización y protección social, permitiendo contribuciones más justas según el nivel real de ingreso e incluye a sectores flexibles o informales al sistema de seguridad social”, afirmó el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino.

Trabajador de tiempo parcial

La modalidad de cotización se implementó por medio de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), al usar el tipo de cotizante número 51, denominado “trabajador de tiempo parcial”, y de acuerdo con los días reportados en el mes, la plataforma liquidará por semanas la cotización a pensiones y a caja de compensación de la siguiente manera:

Número de días cotizados:

  • Entre 1 y 7 días (una semana): un cuarto de un salario mínimo legal mensual vigente ($355.875).
  • Entre 8 y 14 días (dos semanas): dos cuartos de un salario mínimo legal mensual vigente ($711.750).
  • Entre 15 y 21 días (tres semanas): tres cuartos de un salario mínimo legal mensual vigente ($1.067.625).
  • Entre 22 y 30 días (cuatro semanas): un salario mínimo legal mensual vigente ($1.423.500).

El Ministerio de Salud y Protección Social está por finalizar los ajustes administrativos a la planilla para el recaudo de los aportes de los trabajadores independientes.

La circular precisa que la cotización a riesgos laborales se realizará por el periodo mensual de 30 días. En el caso de la salud, estos trabajadores pueden permanecer afiliados al régimen subsidiado o como beneficiarios de los regímenes contributivo, especial o exceptuado.

El llamado a los actores del Sistema de Seguridad Social

Ante esto, el ministro Sanguino instó a los actores del Sistema de Seguridad Social a adoptar y promover el uso del mecanismo.

“Hacemos un llamado a las administradoras de pensiones y riesgos laborales, empleadores, cajas de compensación, operadores de información y demás actores del sector, para que adopten y promuevan activamente el uso de este mecanismo de cotización flexible, conforme lo establecido en la ley laboral y que faciliten su implementación y uso en el país”, afirmó.

En qué va la aplicación de la Reforma Laboral

La Reforma Laboral en Colombia se convirtió en la Ley 2466 del 25 de junio de 2025 y es inició la aplicación gradual en 2025 al introducir cambios como el incremento del recargo dominical, la modificación de la jornada nocturna, la formalización de trabajadores del PAE y aplicaciones, y mejoras en la licencia de paternidad y los derechos de los trabajadores frente a despidos. La ley busca modernizar las prácticas laborales, incentivar la formalización y alinear las condiciones con estándares internacionales.

La Reforma Laboral se convirtió
La Reforma Laboral se convirtió en Ley de la República, el 25 de junio de 2025, tras la sanción presidencial de Gustavo Petro - crédito Luisa González/Reuters

Avances y aplicación en 2025

  • Recargo Dominical y Festivo:

Se estableció un aumento escalonado del recargo, pasando a 80% en 2025.

  • Jornada Nocturna:

El inicio de la jornada nocturna se adelantó a las 6:00 p.m., y las horas extra se cuentan desde las 7:00 p.m.

  • Formalización PAE:

La formalización laboral de los manipuladores de alimentos del Programa de Alimentación Escolar (PAE) inició con el 25% en 2025 y continuará en las fases siguientes en 2026 y 2027.

  • Aplicaciones de reparto y transporte:

La ley busca la formalización y acceso a seguridad social para estos trabajadores, incluyendo el pago del 100% de los días trabajados en períodos de descanso.

Otros puntos clave

  • Licencia de paternidad: se amplió a cuatro semanas la licencia de paternidad.
  • Derechos de los trabajadores: se refuerzan los derechos frente a despidos injustificados y se promueve la inclusión de mujeres y jóvenes mediante incentivos.
  • Contrato a término indefinido: se busca establecer este tipo de contrato como la regla general.
  • Salario para aprendices: el nuevo salario para aprendices del Sena comenzó a regir a partir del 1 de agosto de 2025.

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