
La expedición del Decreto 0799 de 2025, el cual precisa que las tutelas contra el presidente de la República ya no tendrán como destino preferente el Consejo de Estado, fue rechazado por la Corporación Excelencia en la Justicia, una organización privada cuyo propósito es el de promover y mejorar la justicia en Colombia.
La CEJ, que preside Hernando Herrera, considera que la medida representa una alteración grave del orden institucional y un precedente que erosiona la separación de poderes en Colombia.
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“Esta coincidencia solo puede interpretarse como una clara retaliación del Gobierno en contra de la más alta corte de la jurisdicción contencioso administrativa, lo que pone en riesgo principios fundamentales como la independencia y la autonomía de la Rama Judicial, todos ellos indispensables para la vida democrática de la sociedad colombiana”, aseguró la CEJ en un comunicado publicado en su página web.
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El Ministerio de Justicia determinó que, a partir de la expedición del decreto, los jueces de circuito serán los responsables de estudiar los reclamos constitucionales dirigidos al primer mandatario, desplazando así al Consejo de Estado, que desde 2021 tenía esa competencia. La CEJ denunció que esta decisión busca quitarle al Consejo de Estado la facultad de conocer las acciones de tutela presentadas contra actos del poder Ejecutivo, lo que, según la organización, afecta las reglas del control judicial sobre las decisiones del jefe de Estado.
En cuanto a la legalidad del Decreto 0799, la CEJ advirtió que el Ministerio de Justicia habría pasado por alto el artículo 113 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso, que exige el concepto previo de la Sala de Consulta y de Servicio Civil del Consejo de Estado, presidida por el magistrado Luis Alberto Álvarez de la Sección Quinta, para este tipo de proyectos.
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La organización sostuvo que “a juicio de la CEJ, esta disposición está llamada a ser suspendida de forma provisional y posteriormente declarada nula por los vicios que incorpora. Esta forma de arbitrariedad debe ser reparada por los cauces de la justicia a partir de los argumentos que para garantizar el control judicial de los actos del Gobierno concede el ordenamiento jurídico vigente”.

La CEJ concluyó que el cambio de competencia para la revisión de tutelas contra el presidente constituye una grave alteración institucional y una amenaza a la independencia judicial, al tiempo que insistió en la necesidad de que los mecanismos de control sobre los actos del Ejecutivo permanezcan bajo las reglas establecidas por el ordenamiento jurídico colombiano.
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Petro defiende la expedición del decreto
El presidente Gustavo Petro defendió públicamente esta modificación, argumentando que “es asunto de democracia: el jefe de Estado debe ser tutelable por cualquier ciudadano o ciudadana ante cualquier juez de la República. Hay que evitar una elitización de la justicia y buscar su democratización plena”.
En la misma línea se pronunció el Ministerio de Justicia: el despacho señala que esta decisión responde a la necesidad de “fortalecer la imparcialidad estructural del sistema judicial”, a través de un reparto más amplio y menos centralizado de estos procesos constitucionales.
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De acuerdo con el decreto, la intención es impedir que una sola instancia judicial (como lo es el Consejo de Estado en muchos casos) concentre el conocimiento inicial de este mecanismo judicial, lo cual podría derivar en tensiones con los principios de independencia y objetividad judicial.
No obstante, la CEJ considera llamativo que la norma se haya dado a conocer poco después de que el Consejo de Estado suspendió temporalmente el decreto 0639, con el que el presidente pretendía convocar a una consulta popular sobre temas laborales. Para la corporación, esta secuencia de hechos sugiere una reacción directa del Gobierno ante una decisión judicial que no le resultó favorable.
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