
La Corte Constitucional de Colombia devolvió al Congreso el trámite de la polémica reforma pensional, al identificar vicios de procedimiento en su aprobación.
Esta decisión suspende la entrada en vigor de la Ley 2381 de 2024, planteada para reformar el sistema pensional del país.
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Según destacó Caracol Radio, el proceso deberá retomarse en la Cámara de Representantes, lo que abre un nuevo capítulo en el debate sobre la reforma. Sin embargo, ciertos artículos de la ley, relacionados con los traslados de régimen y las administradoras de componente complementario de ahorro individual (Acai), permanecerán en vigencia.
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En entrevista con Caracol Radio, el presidente de Asofondos, Andrés Velasco, calificó la decisión de la Corte como un alivio tanto para los trabajadores como para el sistema pensional en general.
“Realmente hay que resaltar la importancia de que la Corte decidió antes del primero de julio, porque así se evita que las reglas cambien sin claridad. Esto le da seguridad jurídica al sistema y a los trabajadores”, comentó Velasco.
Con esto, el regreso de la reforma al Congreso brinda la oportunidad de ajustar el texto y superar las deficiencias señaladas.

Los vicios procedimentales señalados por la Corte incluyen la omisión de discutir una proposición presentada por congresistas del Pacto Histórico, que buscaba aceptar el texto previamente aprobado por el Senado. Como consecuencia, se ordenó que la plenaria de la Cámara revisara y aprobara nuevamente el proyecto.
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Según Velasco, aunque Asofondos no participa directamente en el proceso legislativo, sí continuará contribuyendo al diálogo para construir un sistema pensional “más equitativo y sostenible”.
El fallo de la Corte permite cierta continuidad en aspectos específicos de la ley, como la “ventana de oportunidad” para los traslados de régimen de pensión y la legitimidad de las Acai.
Respecto a los traslados, Velasco aclaró a Caracol Radio que “los traslados realizados siguen en firme. Y las Acai, como Protección y Porvenir, que ya venían funcionando, no se suspenden. No hay que volver a inscribirse, no hay reasignaciones”. Esto garantiza que los usuarios no se vean afectados por la suspensión temporal de la entrada en vigor del resto de la reforma.
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Mientras el Congreso resuelve el vicio de procedimiento, el sistema pensional colombiano seguirá regulado por la Ley 100 de 1993, bajo la cual los trabajadores podrán continuar cotizando en el régimen de prima media o de ahorro individual.

Velasco enfatizó que “todo continúa igual. Los trabajadores siguen acumulando semanas, pidiendo indemnizaciones o devoluciones, y cotizando según su régimen”. La reforma únicamente se activará una vez sea perfeccionada y avalada definitivamente por la Corte.
El plazo para resolver el trámite legislativo dependerá de las acciones del Congreso y de los tiempos otorgados por la Corte. Velasco especificó que la reforma podrá entrar en vigencia un día después de que la Corte emita un fallo definitivo, que incluye la revisión de las modificaciones realizadas al proyecto. En este sentido, detalló: “El Congreso tendrá 30 días hábiles para votar de nuevo, pero ese conteo comienza solo cuando se notifique oficialmente el auto de la Corte”.
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La discusión legislativa enfrenta ciertos retos temporales. Según el mencionado medio, la actual legislatura está próxima a finalizar, lo que podría requerir sesiones extraordinarias para cumplir con los pasos estipulados.
En caso de que no se logren avances durante este periodo, se plantearía continuar el proceso en la siguiente legislatura. Velasco afirmó que “el Congreso tiene plazo hasta junio de 2026 para perfeccionar la ley, si es necesario. La Corte fue generosa con los tiempos”.
El panorama respecto a la posible entrada en vigencia de la reforma tras la aprobación congresional indica que dependerá de cómo interprete la Corte Constitucional el término “definitivo” en su revisión de la ley.
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Esto incluye determinar si su fallo abarcará exclusivamente los vicios de forma o también el contenido sustancial de la reforma. Según Velasco, esta aclaración es crucial y deberá establecerse en los próximos días mediante el auto correspondiente del alto tribunal.
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