
La Fiscalía General de la Nación emitió un comunicado informando que se desarticuló una red que extraía y comercializaba flora y fauna protegidas del Caribe colombiano hacia destinos nacionales e internacionales, incluyendo Estados Unidos y Perú.
Según el ente investigador, “variedades protegidas de flora y fauna eran extraídas ilícitamente de Santa Marta (Magdalena) y Bocachica (Bolívar), transportadas a Bogotá y comercializadas”.
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La investigación, liderada por una fiscal de la Dirección Especializada para los Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente, permitió imputar a los cinco presuntos integrantes de la organización los delitos de daño a los recursos naturales, pesca ilegal, aprovechamiento ilícito de los recursos naturales, concierto para delinquir y manejo ilícito de especies exóticas.
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El comunicado oficial detalla que entre los procesados figura Raúl Alberto Cuéllar Gaitán, señalado como el cabecilla de la organización y responsable de coordinar desde Bogotá el transporte y la comercialización de la flora y fauna marina.

“En el curso de la investigación se estableció que utilizaba sus redes sociales para ofrecer peces y corales a contactos en Colombia y otros países”, señaló la Fiscalía.
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De igual manera, la Fiscal del caso aseguró que “se encuentra vinculado a la organización del pago ocasión de permanencia a actos de aprovechamiento ilícito de recursos hidrobiológicos, pertenecientes a la fauna silvestre exótica, no solamente nativa de la universidad colombiana, sino también exótico o introducida”.
La funcionaria explicó además que “se ha podido establecer que no solamente realizaba aprovechamiento desde el punto de vista que, la persona que financia, dirige y coordina. El envío de estos especímenes y cada una marina desde el Caribe colombiano, específicamente desde las áreas geográficas particulares.
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Los otros implicados fueron identificados como Adalberto Antonio Fonseca Cantilla y Jimmy Caraballo Barrios, según información del organismo, auspiciaban la pesca de especies exóticas en áreas marítimas de Taganga, en Santa Marta (Magdalena), y Bocachica (Bolívar).
Estos individuos inducían a buzos y pescadores locales a sumergirse en los ecosistemas marinos para extraer las especies destinadas a la venta.
Además, Yaneth Carreazo Urbina y Miguel Ángel Torres Guerra habrían recibido y almacenado los recursos naturales enviados por vía terrestre desde la Costa Atlántica hasta Bogotá.
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El comunicado de la Fiscalía General de la Nación destacó también que las especies más afectadas por esta actividad ilegal incluyen el coral abanico, el coral flor, peces lorita azul, boquinete o doncella, caballitos de mar y anémonas, entre otras variedades.
Estas especies eran extraídas de su hábitat mediante métodos prohibidos, como la instalación de redes, mallas, trampas y otros elementos que impedían el libre tránsito de los especímenes.
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A pesar de la contundencia de las pruebas presentadas, los imputados no aceptaron los cargos y continuarán vinculados a la investigación, según informó la Fiscalía.
Sobre el tráfico ilegal
El tráfico ilegal de especies marinas en Colombia constituye una problemática ambiental significativa que afecta la biodiversidad del país y tiene repercusiones en los ecosistemas costeros y marinos.
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Entre las especies más traficadas se encuentran corales, pepinos de mar, tiburones, tortugas marinas y caballitos de mar, muchas veces extraídos para el comercio internacional, uso en la gastronomía, coleccionismo o medicina alternativa.
Legislación colombiana
En Colombia, la protección de las especies marinas está regulada principalmente por las siguientes normas:
- Ley 599 de 2000 (Código Penal): el tráfico ilegal de fauna y flora silvestre es considerado delito, sancionado con prisión de 2 a 8 años y multas. El Artículo 328 penaliza la extracción, captura, posesión, transporte, comercialización, exportación o almacenamiento de animales o plantas sin los permisos exigidos por la autoridad ambiental competente.
- Ley 165 de 1994: a través de esta ley, Colombia aprobó el Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), que regula el comercio internacional de especies amenazadas.
- Decreto 1076 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del sector Ambiente y Desarrollo Sostenible): reúne la normatividad ambiental y establece requisitos para el aprovechamiento, movilización y comercialización de recursos acuáticos y marinos.
- Ley 1851 de 2017: prohíbe la pesca, comercialización y exportación de tiburones, rayas y sus productos derivados, a excepción de la pesca incidental bajo estrictos controles.
- Ley 2111 de 2021: reformó el Código Penal, aumentando las sanciones para delitos ambientales, incluidos el tráfico de fauna y la alteración de los ecosistemas marinos.
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