
El Senado de Colombia avanza en la discusión de una propuesta de reforma laboral presentada por el Gobierno nacional, que incluye cambios en los horarios y montos de los recargos por trabajo nocturno, así como en los pagos por labores realizadas en días festivos y domingos.
Uno de los puntos más destacados del debate es la modificación del horario que define el trabajo nocturno, así como el incremento en los porcentajes de recargo para estas jornadas y para los días de descanso obligatorio.
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De acuerdo con la propuesta en discusión, el recargo nocturno sería del 35% y aplicaría a quienes trabajen entre las 7 p. m. y las 6 a. m. Este cambio ampliaría considerablemente el rango de horas consideradas como nocturnas, pues actualmente el horario nocturno en Colombia comienza más tarde.
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Además, el recargo por trabajo en domingos y días festivos se establecería en un 100% del salario percibido, duplicando el pago habitual por esas jornadas.

Si esta reforma se aprueba, Colombia se posicionaría como uno de los países con el horario nocturno más extenso a nivel global.
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De acuerdo con el comparativo con 13 países de Europa, Asia y América, el nuevo horario nocturno en Colombia superaría incluso a naciones como Argentina y Uruguay, que actualmente tienen los horarios nocturnos más amplios en la región.
En estos países, el horario nocturno también comienza temprano, pero no alcanzaría la extensión propuesta en la reforma colombiana.
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La regulación del trabajo nocturno y el pago adicional por domingos y feriados varía significativamente entre países, con diferencias notables en las leyes laborales y los convenios colectivos que rigen estas condiciones.
Según un análisis comparativo de diversas legislaciones, algunos países establecen normas claras y obligatorias, mientras que en otros, estas prácticas dependen de acuerdos individuales o sectoriales.
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¿Cómo funciona en otros países?
En Estados Unidos, no existe una ley federal que obligue a las empresas a pagar un extra por trabajo nocturno, domingos o feriados. Tampoco hay un horario nocturno definido a nivel federal, lo que deja estas decisiones en manos de las empresas o, en algunos casos, de las regulaciones estatales.
Aunque algunas compañías ofrecen compensaciones adicionales de manera voluntaria, no hay un monto mínimo establecido por ley para estos conceptos.
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En contraste, España cuenta con una legislación que regula tanto el trabajo nocturno como el realizado en domingos y feriados. El horario nocturno, definido entre las 10:00 p. m. y las 6:00 a. m., debe ser remunerado con un 25% adicional sobre la tarifa normal, aunque este porcentaje puede variar según el convenio colectivo. Además, el trabajo en domingos y feriados se compensa con un incremento que suele superar el 75% de la tarifa habitual.
De manera similar, en Francia, el trabajo nocturno, que abarca de 9:00 p. m. a 6:00 a. m., también recibe un pago adicional del 25% o más, dependiendo del acuerdo laboral. El trabajo en domingos y feriados puede ser remunerado con un incremento del 100% o más, según lo estipulado en los convenios específicos.
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En China, la ley establece un pago extra del 20% para el trabajo nocturno, que se considera entre las 10: 00 p. m. y las 6:00 a. m.. Sin embargo, no existe una regulación estricta para el pago adicional por domingos y feriados, aunque muchas empresas ofrecen un incremento del 100% en estos casos.
En Uruguay, la legislación establece un horario nocturno de 20:00 a 6:00, con un pago adicional del 25%. El trabajo en domingos y feriados también se remunera con un incremento que puede alcanzar o superar el 100%, según el convenio colectivo.
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En Argentina, el horario nocturno, definido entre las 8:00 p. m. y las 6:00 a.m , debe ser remunerado con un 25% adicional. El trabajo en domingos y feriados también se paga con un incremento que puede alcanzar o superar el 100%, según la legislación y los convenios colectivos.
En México, no existe una regulación federal que obligue al pago adicional por trabajo nocturno, domingos o feriados. El horario nocturno y las compensaciones dependen de los contratos individuales o convenios colectivos, y en algunos casos, el pago extra puede alcanzar el 100% o más.
En Corea del Sur, la ley establece un pago adicional del 50% para el trabajo nocturno, definido entre las 10: 00 p. m. y las 6:00 a. m. El trabajo en domingos y feriados también se remunera con un incremento del 50% o más, según el contrato.
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