
Por supuestos malos olores fue retirado del centro comercial Viva, en Envigado, el cantante y empresario colombiano Ángel Urkijo.
Así lo dio a conocer en sus redes sociales, en la que sugiere que es perseguido por “cierta familia”, porque denunció a uno de sus miembros.
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“El asunto es que están guevonenado con un tema del olor, porque yo tengo denunciada a una persona, que le digo pecueca, porque me tiene metido en este tipo de problemas. Realmente, yo no estoy haciendo nada malo, estoy yendo al coworking, estoy trabajando normalmente, haciendo mis cosas, como otras veces en las que he venido al centro comercial, pero hay gente, que no sé si sea de la misma familia, que se aprovecha de este caso para guevonear con el tema del aroma”.
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Urkijo explicó que el olor que se sentía en su ropa era de leña, porque vive en el campo, y suele cocinarse con madera, pero, aun así, el personal de seguridad insistió en que dejara el recinto:
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“Vamos a ser francos, hoy, es posible que sí, porque yo tengo en este momento la ropa con la que estoy trabajando en la finca, pero no huele mal, huele a humo de leña, no huele mal de ninguna manera, pero están haciendo un montón de trampas, no más pa’ crear problemas, no más pa’ estarse comunicando, no más pa’ crear conflictos y yo desesperado”.
Molesto por no llegar al coworking, compartió la denuncia en redes e insistió que está siendo asediado, aunque no mencionó a los “responsables”: “Me obligan a comunicar estas cosas a las malas para seguir creando guerras, mientras fingen que no están creando guerras, ¿para qué me tienen que estar acosando? ¿Qué tiene que estar haciendo alrededor mío? A mí no me tiene que estar persiguiendo nadie”.
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Su caso llamó la atención debido a que el derecho de admisión suele limitarse a la vestimenta de las personas, no su olor. Pero, con todo y la indignación de Urkijo, varios se mostraron de acuerdo con el procedimiento, argumentando que:
“Un centro comercial es un lugar privado y como lugar privado puede sacar a quien quiera”, “Si apestaba, hicieron bien en sacarlo”, “Que se bañe para no incomodar a nadie”, “Hombre, incluso si la falta de higiene y los malos olores, afectan a los empleados de una empresa, se puede tomar como causal para terminar el contrato, que le cuesta bañarse, cambiarse la ropa”, “¿Ustedes se sentirían gusto al lado de una persona que expele un olor desagradable?”.
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¿Cómo funciona el derecho de admisión en Colombia?
En Colombia, los establecimientos comerciales como bares, discotecas y restaurantes suelen exhibir letreros que indican las condiciones de ingreso y su derecho a reservarse la admisión. Sin embargo, este derecho no es absoluto y debe ajustarse a las normativas legales que protegen los derechos fundamentales de los consumidores. Según el blog Asuntos Legales, la Superintendencia de Industria y Comercio es la entidad encargada de investigar posibles violaciones a estos derechos, especialmente en casos donde se sospeche discriminación.
De acuerdo con el artículo 333 de la Constitución Política de Colombia, los comerciantes tienen la libertad de empresa y la libre iniciativa empresarial. Esto les permite establecer ciertas condiciones para el ingreso a sus establecimientos, siempre y cuando estas no vulneren los derechos fundamentales de los ciudadanos. La Ley 1.480 de 2011, que regula los derechos de los consumidores, establece que estos deben ser tratados de manera equitativa y no discriminatoria. En este sentido, cualquier acción que contravenga este principio puede ser objeto de investigación por parte de las autoridades competentes.
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David Garzón, abogado especializado en Derecho Público y socio de la firma Pinilla, González & Prieto Abogados, explicó en al blog que no existe un derecho de admisión como tal en los establecimientos comerciales. Lo que se aplica es el derecho de propiedad, que otorga a los propietarios ciertas prerrogativas para garantizar el orden público y la convivencia en sus espacios. Sin embargo, Garzón indicó que estas limitaciones no pueden justificarse en criterios discriminatorios, como la orientación sexual, la religión o las opiniones políticas de los consumidores. Según el abogado, la jurisprudencia de la Corte Constitucional ha sido clara al respecto, estableciendo que cualquier restricción debe respetar la dignidad humana y no basarse en factores sospechosos de discriminación.
Para que un establecimiento comercial pueda ejercer el derecho de admisión, es necesario cumplir con ciertos requisitos. Entre ellos, se encuentra la obligación de señalizar claramente las condiciones de ingreso, como códigos de vestimenta o restricciones específicas, mediante letreros visibles en el lugar. Estas condiciones deben ser objetivas, previamente anunciadas y no pueden ser utilizadas como excusa para prácticas discriminatorias. Además, Garzón destacó que los particulares no pueden asumir funciones que son exclusivas de las autoridades de policía, como la imposición de medidas que excedan su ámbito de competencia.
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