
El fin de semana de San Valentín terminó de la mejor manera para un jugador en Bogotá que compró el tiquete ganador de Baloto, para el sorteo 2477, que se jugó la noche del sábado 15 de febrero.
Así lo dio a conocer, a primera hora del domingo, el Operador Nacional de Juegos (ONJ), que maneja la concesión de Baloto desde mayo del 2022:
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“Baloto cayó en la ciudad de Bogotá, el acumulado de $14.000.000.000. El tiquete fue vendido por el aliado comercial PagaTodo. La persona que lo compró lo hizo bajo la modalidad manual y ganó con los números 8, 15, 17, 24, 42 y la súper balota 11″.
Desde que Baloto funciona bajo la concesión de ONJ, el premio mayor ha caído en 10 oportunidades, para un total de 267.996.542.605 de pesos en premios pagados y 629.907.163.755 en ventas de tiquetes, a corte del 9 de febrero.

Y, en el sorteo 2477, otros 14.252.672.950 fueron entregados al afortunado que acertó los cinco números ganadores y la súper balota y otros 30.134 jugadores que adivinaron parte de los números.
“Baloto ofrece un acumulado multimillonario inicial de $4.000 millones de pesos y Revancha de $1.000 millones de pesos, los cuales se irán acumulando en cada sorteo si no tiene un ganador, hasta poder entregarlo a un nuevo multimillonario”, dejando Baloto en 4.000 millones y Revancha en 15.200.000.000, para el sorteo del miércoles 19 de febrero.
Sin embargo, los ganadores recibirán un monto menor por cuenta del Estatuto del Consumidor y su artículo 317, en donde se establece que, al ser una ganancia ocasional, a los premios de chances, rifas y loterías que superen los 2.259.120 de pesos se les aplicará un impuesto del 20%, que para el caso de los 14.000 millones es de: 2.800.000.000.

¿Cómo se aplican los impuestos a los premios de chances y loterías en Colombia?
En Colombia, los premios obtenidos en juegos de azar como la lotería, el chance o las rifas no solo representan una oportunidad de cambiar la vida de los ganadores, también son una obligación tributaria significativa. Los ganadores deben cumplir con el pago de impuestos establecidos por la ley, lo que puede reducir considerablemente el monto final recibido. Este tributo, clasificado como una “ganancia ocasional”, está regulado por el Estatuto Tributario y se encuentra vigente bajo las disposiciones de la reforma tributaria implementada en 2023.
De acuerdo con el artículo 317 del Estatuto Tributario, los premios derivados de juegos de azar están sujetos a un impuesto del 20%, conocido como retención en la fuente. Este porcentaje se aplica sobre el monto total del premio y es recaudado directamente por la empresa operadora del juego, que posteriormente entrega el premio al ganador. Además, los ganadores deben asumir un descuento adicional correspondiente al impuesto del 4x1.000, que también se calcula sobre el valor obtenido.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) define las ganancias ocasionales como ingresos excepcionales que no forman parte de las actividades comerciales habituales de una persona o empresa. Esto incluye, entre otros, los beneficios obtenidos por la venta esporádica de bienes o por hechos económicos extraordinarios, como ganar la lotería o una rifa.

Además de la retención en la fuente, los ganadores pueden enfrentar otros tributos dependiendo del lugar de residencia y del origen de la empresa que entrega el premio. Por ejemplo, la Lotería de Bogotá aplica un impuesto adicional del 17% sobre el premio, destinado al Fondo Financiero Distrital. Este tipo de tasas varía según la región y las normativas locales, lo que puede incrementar aún más la carga tributaria para los ganadores.
La empresa operadora del juego es la encargada de recaudar estos impuestos y de garantizar que se cumplan las obligaciones tributarias correspondientes. Esto implica que, antes de entregar el premio, la empresa debe descontar los montos establecidos por la ley, asegurando así el cumplimiento de las normativas fiscales.
La reforma tributaria que entró en vigor en 2023 reforzó las disposiciones relacionadas con los impuestos sobre los premios de juegos de azar. Según lo estipulado, los ganadores no solo deben asumir la retención en la fuente del 20%, sino también el impuesto del 4 x 1.000, lo que incrementa la carga fiscal sobre los premios obtenidos.
Estas medidas buscan garantizar que los ingresos extraordinarios, como los premios de loterías y rifas, contribuyan al sistema tributario nacional y, específicamente, al sistema de salud del país, a donde han ido a parar 137.672.995.378 en impuestos, desde mayo del 2022.
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