
De acuerdo con la información proporcionada por la Secretaría de Educación del Distrito, los estudiantes que reciben el subsidio de transporte escolar en Bogotá tienen pocos días para utilizar el abono correspondiente al ciclo 5 del programa.
El beneficio, que se gestiona a través de la tarjeta personalizada Tu Llave Plus, es fundamental para garantizar el acceso y la permanencia de los estudiantes en el sistema educativo. Sin embargo, el no uso del subsidio dentro del plazo establecido puede derivar en la suspensión y pérdida del mismo.
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En 2024, la entidad destinó un presupuesto de 23.015.645.174 pesos colombianos para cubrir los subsidios de movilidad escolar, beneficiando a cerca de 22.000 estudiantes de colegios distritales. Es decir, que para el beneficio del ciclo 5, los estudiantes tendrán hasta el martes 11 de febrero para utilizar el abono.

La secretaría destacó que el esfuerzo busca apoyar a las familias en la movilidad de los estudiantes y garantizar su continuidad en el sistema educativo. Según detalló la entidad, el programa proyecta beneficiar a aproximadamente 23.000 estudiantes durante el año, con una inversión cercana a los 24.000 millones de pesos, siempre y cuando los beneficiarios cumplan con la asistencia regular a clases.
Proceso de asignación y requisitos para el subsidio de transporte escolar 2025
Con miras al 2025, la Secretaría de Educación anunció que el proceso de asignación de beneficios del Programa de Movilidad Escolar (PME) se realizará de manera unificada con el proceso de matrícula. El programa incluye modalidades como Rutas Escolares, Subsidios de Transporte Escolar, Al Colegio en Bici y Ciempiés, todas diseñadas para facilitar el acceso de los estudiantes al sistema educativo oficial de Bogotá.

La asignación de estos beneficios estará sujeta a la verificación de requisitos y a la disponibilidad de cupos, de acuerdo con los criterios establecidos en el Manual Operativo del programa. Entre los requisitos principales para acceder al subsidio en 2025 se encuentran:
- Estar matriculado en un colegio oficial de Bogotá para el calendario escolar 2025 y tener los datos actualizados.
- Residir en Bogotá y vivir en una Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) con déficit de cupos escolares o en zonas rurales de la ciudad.
- Ser estudiante de un colegio con matrícula oficial, desde grado pre-jardín hasta grado 11°, incluidos aquellos en procesos de aceleración del aprendizaje.
- Ser menor de 19 años, salvo en el caso de estudiantes con discapacidad.
- Cumplir con las distancias mínimas de recorrido peatonal: más de 1 kilómetro para estudiantes de preescolar y aquellos con discapacidad, y más de 2 kilómetros para estudiantes de primaria en adelante.
Además, los estudiantes de jornada nocturna en colegios urbanos solo podrán acceder al subsidio si tienen alguna discapacidad, mientras que en zonas rurales como Sumapaz, el beneficio estará disponible para todas las jornadas, incluidos fines de semana.
Criterios de asignación y obligaciones de los beneficiarios
La Resolución No. 039 de 2018 que regula las condiciones y mecanismos para la asignación de los beneficios del Programa de Movilidad Escolar, precisa que los estudiantes y sus familias deben cumplir con ciertas obligaciones, como mantener actualizada la información personal y académica, y utilizar el beneficio dentro de los plazos establecidos. El incumplimiento de las condiciones puede resultar en la suspensión o pérdida del subsidio.

La Secretaría de Educación también se reserva el derecho de asignar el beneficio disponible según los criterios definidos en el Manual Operativo. Esto incluye priorizar a estudiantes que cumplan con los requisitos y que hayan formalizado su matrícula en el sistema educativo distrital.
Algunos de los criterios de selección son:
- Estudiantes con discapacidad.
- Estudiantes cuya vida o integridad personal estén en riesgo inminente.
- Estudiantes antiguos en el sistema de movilidad escolar.
- Estudiantes incluidos en convenios de continuidad escolar.
- Población desescolarizada (identificada a través de las estrategias de búsqueda activa y movilización social).
- Unificación de hermanos
- Estudiantes reportados por la Dirección de Cobertura
- Estudiantes víctimas del conflicto identificados en el Registro Único de Víctimas (RUV).
- Estudiantes pertenecientes a un grupo étnico
- Estudiantes matriculados en los grados prejardín, jardín y transición en colegios oficiales.
- Estudiantes con mayores niveles de pobreza, de hogares clasificados en los grupos A, B y C1 a C5 de Sisbén IV.
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