
La Registraduría Nacional del Estado Civil ha emitido una grave alerta sobre presuntas irregularidades en los procesos de revocatoria del mandato que se iniciaron el pasado 1 de enero de 2025.
La entidad denuncia que personas inescrupulosas estarían suplantando a altos funcionarios del organismo electoral con el objetivo de influir en estas iniciativas ciudadanas, que buscan la destitución de alcaldes y gobernadores que han cumplido un año en sus cargos.
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Según informó la Registraduría, los suplantadores están utilizando el nombre del registrador delegado para lo Electoral, Jaime Hernando Suárez, y de otros funcionarios, para exigir sumas de dinero a cambio de favorecer o entorpecer los procesos.
“Personas inescrupulosas están suplantando al registrador delegado para lo Electoral y a funcionarios de la Registraduría para pedir altas sumas de dinero con el fin, según ellos, de adelantar o impedir procesos de revocatoria del mandato en el país”, indicó un comunicado oficial.
La Registraduría recordó que la revocatoria del mandato es un derecho político garantizado por la Ley 1757 de 2015, que permite a los ciudadanos solicitar la destitución de un alcalde o gobernador si consideran que su gestión no ha cumplido con las expectativas o compromisos asumidos. Este mecanismo es gratuito para quienes deseen impulsarlo y está sujeto a requisitos legales claros.

“Invitamos a los ciudadanos a no caer en manos de delincuentes y a denunciar cualquier intento de extorsión o irregularidad ante las autoridades competentes”, enfatizó la entidad electoral, reiterando su compromiso con la transparencia y la legalidad.
Las cinco solicitudes de revocatoria en curso
Hasta la fecha, se han presentado cinco solicitudes formales de revocatoria del mandato. Estas corresponden a los alcaldes de:
- Cali (Valle del Cauca): Alejandro Eder.
- Soledad (Atlántico): Alcira Paola Sandoval.
- Guarne (Antioquia): Diego Mauricio Grisales.
- Pandi (Cundinamarca): Carlos Alexis Prieto.
- Valparaíso (Caquetá): Árbenz Pérez Quintero.
De estas, el caso de Cali ha avanzado más rápidamente. La Registraduría ya emitió la resolución que permite la recolección de firmas para validar la solicitud contra el alcalde Alejandro Eder. Este es el primer paso formal del proceso, que requiere que los promotores consigan un número significativo de firmas de ciudadanos inscritos en el censo electoral de la ciudad.

En los otros municipios, las solicitudes se encuentran en trámite mientras la Registraduría expide las resoluciones correspondientes para autorizar la recolección de firmas.
Proceso de revocatoria: pasos y requisitos
El procedimiento inicia con la inscripción de un comité promotor ante la Registraduría. Posteriormente, el Consejo Nacional Electoral (CNE) convoca a una audiencia pública para escuchar a las partes involucradas. Si el comité recibe la autorización, puede comenzar a recolectar firmas, que deben superar el 30 % de los votos obtenidos por el mandatario en las elecciones.
En el caso de Alejandro Eder, el comité necesitará recolectar al menos 94.680 firmas válidas. Una vez entregadas, la Registraduría tiene 45 días calendario para verificar su autenticidad. Si se valida el umbral de firmas, se convoca a una votación, donde deben cumplirse dos condiciones: la participación de al menos el 40 % de los votantes inscritos y que la mitad más uno vote a favor de la revocatoria.

La suplantación de funcionarios y el cobro ilegal de dinero representan un delito grave que amenaza la legitimidad de un mecanismo diseñado para fomentar la participación ciudadana. Estos actos pueden socavar la confianza en las instituciones democráticas y desincentivar la utilización de herramientas como la revocatoria del mandato.
La Registraduría ha reforzado sus llamados a la ciudadanía para que se informe exclusivamente a través de los canales oficiales y denuncie cualquier irregularidad. Asimismo, reiteró que los responsables de estos actos serán llevados ante la justicia.
Desde la promulgación de la Constitución de 1991, solo dos mandatarios han sido revocados en Colombia: el alcalde de Tasco, Boyacá, en 2018, y la alcaldesa de Susa, Cundinamarca, en 2022. Esto refleja que, aunque la revocatoria es un derecho constitucional, su aplicación efectiva es poco frecuente.
La normativa también establece que no se pueden iniciar procesos de revocatoria si falta menos de un año para que termine el mandato del alcalde o gobernador, lo que reduce el tiempo disponible para activar este mecanismo.
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