
Colombia ha dado un paso trascendental en la modernización de su legislación familiar con la promulgación de la ley que permite el divorcio unilateral, una medida que redefine las normas en torno a la disolución del matrimonio.
La nueva normativa, que entró en vigor en noviembre de 2024, permite que cualquiera de los cónyuges pueda solicitar el divorcio sin necesidad de obtener el consentimiento del otro, un cambio diseñado para proteger los derechos individuales y simplificar los procedimientos judiciales.
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¿Qué es el divorcio unilateral?
El divorcio unilateral permite a una de las partes terminar el vínculo matrimonial sin requerir acuerdo mutuo ni presentar causales específicas.
Este modelo elimina la confrontación típica de los procesos tradicionales, en los que era necesario demostrar motivos como infidelidad o maltrato, establecidos en el artículo 154 del Código Civil.
Este mecanismo no invalida las nueve causales de divorcio ya existentes; en cambio, añade una décima opción que permite invocar la simple voluntad de uno de los cónyuges.
Según el abogado Jimmy Jiménez, abogado de familia en el Bufete Integrity Legal: “el proceso se tramitará ante un juez mediante demanda, y si se encuentran causales tradicionales aplicables al caso, estas también podrán ser añadidas”.

Tramitación del divorcio unilateral
El divorcio unilateral se gestiona exclusivamente por vía judicial, lo que asegura un procedimiento riguroso para proteger los derechos de todas las partes involucradas, incluidos los hijos menores de edad y los intereses económicos en disputa.
Por lo tanto, este procedimiento incluye:
- Demanda ante un juez: cualquiera de los cónyuges puede presentar la solicitud, señalando la causal de voluntad unilateral.
- Plazo de reflexión: el juez puede establecer un periodo razonable para que ambas partes reflexionen, especialmente en casos donde haya menores de edad o bienes en juego.
- Acuerdos económicos y de custodia: el enfoque del proceso se centra en garantizar acuerdos justos, dejando atrás la necesidad de justificar el divorcio con causales probatorias.
Este enfoque no debe confundirse con un divorcio exprés, ya que se mantiene el cumplimiento de los procedimientos legales y un análisis cuidadoso de los acuerdos relacionados con los hijos y bienes.
Impacto en el sistema judicial y la sociedad
La nueva ley busca aliviar la sobrecarga de los tribunales al eliminar los procesos largos y confrontativos. Esto permite a los jueces concentrarse en garantizar acuerdos económicos y custodias justas en lugar de resolver disputas entre las partes.
Desde una perspectiva social, el divorcio unilateral reconoce el matrimonio como una unión basada en la voluntad mutua, no una obligación perpetua.

Al respecto, el abogado Jiménez agregó que “muchas personas se han visto atrapadas en relaciones que ya no aportan felicidad ni estabilidad debido a las limitaciones del marco legal anterior”.
Alternativas y procesos existentes
En Colombia, el divorcio por mutuo acuerdo sigue siendo una opción recomendada para la mayoría de los casos. Este procedimiento, que se gestiona ante una notaría por la causal novena (común acuerdo), es rápido y económico, incluso, en ausencia de bienes compartidos o hijos menores, el proceso puede completarse en aproximadamente dos meses.
Por otro lado, cuando una de las partes no está de acuerdo en disolver el matrimonio, los cónyuges deben acudir a un juez, invocando causales específicas del Código Civil, aquí, la nueva ley cobra relevancia, ya que simplifica el proceso permitiendo que la voluntad unilateral sea suficiente para tramitar el divorcio.

Aspectos económicos y logísticos
El costo del divorcio varía según la complejidad del caso, dado que la existencia de bienes comunes y la presencia de hijos menores son factores determinantes, tanto para establecer honorarios como para calcular derechos notariales o costos procesales.
En el caso de un divorcio unilateral, es imprescindible la asesoría de un abogado especializado para garantizar el cumplimiento de los requisitos legales y la protección de los derechos de todas las partes.
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