
El 24 de noviembre de 2024, falleció Juan Felipe Rincón Morales, hijo del inspector general de la Policía Nacional, William Rincón, tras una riña en el barrio Quiroga, al sur de la capital del país. Según el informe de Medicina Legal, el joven de 21 años fue impactado por un proyectil en el tórax, que ocasionó una hemorragia. Además, el cuerpo presentaba una fractura y signos de violencia en la cabeza, la espalda y las extremidades.
De acuerdo con las autoridades, el joven sostenía conversaciones de carácter sexual con niñas de 8 y 15, por lo que las familias de las menores citaron a Rincón en el lugar del crimen para confrontarlo por sus acciones, lo que pudo haber desencadenado los hechos que terminaron en su asesinato.
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El móvil de los hechos sigue siendo materia de investigación. Andrés Camilo Sotelo Torres es el principal señalado por el asesinato de Rincón, tío de una de las dos menores involucradas en el caso, por unos presuntos mensajes que el hijo del inspector habría enviado días anteriores.
Así las cosas, se programó la audiencia de solicitud de medida de aseguramiento contra Sotelo por los delitos de homicidio agravado y porte ilegal de armas. En el tribunal, el juez 76 de Control de Garantías de Bogotá ordenó acreditar “provisionalmente” como víctimas en el proceso que se adelanta por el homicidio de Juan Felipe Rincón a los padres de la víctima, el general William Rincón y Dina Paola Morales Granados.
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Sin embargo, el togado negó que Sergio Felipe Rico, escolta del joven que perdió la vida, sea víctima en el caso. La decisión se basó en las pruebas entregadas por el abogado defensor, Saúl León, que sostuvo que la Fiscalía General de la Nación le envió la declaración de una menor que aseguró que el escolta, Sergio Felipe Rico, fue el que disparó contra la víctima y no su cliente.
“Tenemos cuatro testimonios que lo señalan de forma directa e indirecta como la persona que disparó”. Hay un experticio que dice que la única arma que tenía la capacidad de letalidad era la del escolta”, precisó el abogado León.
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En ese sentido, el juez se dedicó a recapitular los hechos de forma cronológica para determinar cuál fue el arma que mató al joven Rincón.
“A una distancia de 3.10 metros se halla una vainilla en cuya base se lee 9 mm. Este elemento lo tenía la Fiscalía, lo tenían las partes (...) se observó una pieza metálica de color gris, enumerada como evidencia número 12. Se halla un tambor de revólver sin munición, catalogada como evidencia 13, y se envía al área de balística para cotejo”, sostuvo.
A su vez, aseguró que el arma recogida luego de los hechos es la única compatible con los impactos de bala encontrados en el cuerpo de Juan Felipe Rincón. Asimismo, recordó que ni el escolta ni Sotelo tenían registradas las armas que fueron incautadas por la Policía Nacional, ni permiso para portarlas, aspecto clave en la decisión que ya tomó el juez
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“Se evidencia la MP (Material Probatorio) número 12, que es la pieza metálica gris recogida en la escena posterior a los hechos. Pieza metálica tipo brazo móvil del revólver que se encuentra en buen estado de conservación”.
Las evidencias recopiladas por la Fiscalía y los informes de la necropsia que practicó Medicina Legal revelaron que la causa de la muerte fue disparo de proyectil con arma de fuego. Asimismo, dijo que tuvo heridas a causa de agresiones físicas. Luego de extractar los hechos en torno a la muerte de Juan Felipe Rincón, el juez decidió abstenerse de emitir medida de aseguramiento contra Andrés Sotelo, pues el arma que fue entregada por sus familiares no era letal, mientras que el revolver del escolta sí.
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“Es así que luego de analizar las pruebas se concluye que las pruebas son insuficientes para que se imponga una medida de aseguramiento. En consecuencia, se decreta la libertad inmediata de Andrés Sotelo”, sostuvo el juez.
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