Hasta cuándo hay plazo para pagar el impuesto de industria y comercio en Bogotá: faltan pocos días

La cancelación del tributo se puede hacer por medio de la página web de la Secretaría de Hacienda y no se necesitan intermediarios

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Quienes se encuentren catalogados como grandes contribuyentes por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) están obligados a pagar el ICA - crédito Colprensa

Hasta el próximo 15 de noviembre, los agentes retenedores del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros (ICA) que hayan practicado retenciones en el quinto bimestre, correspondiente a septiembre y octubre, podrán declarar y pagar su obligación.

Para hacer el trámite, los contribuyentes pueden ingresar a la página web de la Secretaría de Hacienda de la ciudad; https://www.haciendabogota.gov.co/, luego dirigirse a la parte superior y hacer clic en el botón “Pagos Bogotá” y seleccionar “Impuestos”.

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Desde allí, podrán efectuar la declaración y el respectivo pago por medios electrónicos o descargar el recibo para abonarlo de manera presencial en las entidades bancarias autorizadas. El próximo vencimiento de ReteICA correspondiente al sexto bimestre: será el 17 de enero de 2025.

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Secretaría de Salud formuló recomendaciones ante la calidad del aire en Bogotá
En septiembre de 2024, Bogotá alcanzó 77% de la meta de recaudo de impuestos, estimada en de $15,1 billones para 2024 - crédito Sofía Toscano/Colprensa

La Secretaría de Hacienda recordó a los contribuyentes que todos los servicios prestados por la entidad son gratuitos y no se recomienda acudir a tramitadores. En caso de tener dudas o consultas sobre impuestos distritales, los ciudadanos pueden utilizar los canales oficiales de atención.

Qué es el ReteICA

El ReteICA es el impuesto de industria y comercio que deben pagar quienes llevan a cabo actividades industriales, comerciales o de servicios en Bogotá, ya sea de forma continua o esporádica. Este impuesto aplica tanto para quienes tienen un local comercial específico como para aquellos que no cuentan con un establecimiento fijo.

Quiénes son agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio

Los agentes retenedores del impuesto de industria y comercio son:

  • Entidades de derecho público.
  • Quienes se encuentren catalogados como grandes contribuyentes por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
La nueva cuarentena por localidades frena la reactivación económica de pequeños y medianos empresarios.
El ReteICA es el impuesto de industria y comercio que deben pagar quienes llevan a cabo actividades industriales, comerciales o de servicios en Bogotá, ya sea de forma continua o esporádica - crédito Alcaldía de Bogotá
  • Los designados como agentes de retención del impuesto de industria y comercio según la resolución DDI-000305 del 16 de enero de 2020, expedida por la Dirección Distrital de Impuestos.
  • Intermediarios o terceros que intervengan en operaciones económicas en las que se genere la retención del impuesto de industria y comercio, de acuerdo con lo que defina el reglamento.

Cuáles son las obligaciones de un agente de retención del impuesto de industria y comercio

Según el artículo 13 del Acuerdo 65 de 2002, los agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio deberán cumplir con la expedición anual de un certificado de retenciones que incluya los siguientes datos:

  • Año gravable y ciudad donde se consignó la retención.
  • Apellidos y nombre o razón social y NIT del retenedor.
  • Dirección del agente retenedor.
  • Apellidos y nombre o razón social y NIT de la persona o entidad a quien se le practicó la retención.
  • Monto total y concepto del pago sujeto a retención.
  • Concepto y cuantía de la retención efectuada.
  • La firma del pagador o agente retenedor.
reforma tributaria
Los contribuyentes bogotanos pueden acogerse a alivios tributarios para aliviar sus deudas - crédito Colprensa

Alivios tributarios

La Secretaría de Hacienda reportó que los ciudadanos que quieran ahorrar un 80% en las deudas con Bogotá podrán aprovechar los alivios hasta el 13 de diciembre. Este descuento se obtiene solo si el contribuyente paga el 100% del total de la deuda y el 20% de las sanciones e intereses.

“Los bogotanos con deudas tributarias y no tributarias con el Distrito siguen aprovechando los alivios tributarios que la Secretaría de Hacienda ha establecido. Con corte al pasado 29 de octubre, la entidad recibió pagos por más de $144.000 millones provenientes de deudas y sanciones que algunos ciudadanos tenían con Bogotá”, indicó la dependencia.

De igual manera, esta tiene a disposición para que los bogotanos consulten si tienen deudas sin pagar con el Distrito en este enlace y ponerse al día. En el mismo se informa que hasta el 13 de diciembre de 2024 es la fecha límite para pagar con alivios tributarios y aplica para obligaciones en etapa de cobro, obligaciones en mora y obligaciones no tributarias

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