
En una acción diplomática, Moisés Ninco Daza fue removido de su puesto como embajador extraordinario y plenipotenciario de Colombia en México, conforme a lo establecido en el Decreto 1159 del 13 de septiembre de 2024. Esta medida se tomó después de que, hace algunas semanas, el Consejo de Estado anulara su nombramiento de manera definitiva, al concluir que este habría estado plagado de irregularidades.
El decreto, firmado por el canciller Luis Gilberto Murillo, detalla claramente el proceso y las implicaciones del retiro de Ninco Daza del servicio diplomático. Por otro lado, el documento también especifica las condiciones del retorno del diplomático al país, conforme a las disposiciones establecidas en el Decreto 274 de 2000, y establece que las erogaciones correspondientes serán cubiertas por los presupuestos del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Fondo Rotatorio del mismo Ministerio.
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“Retirar del servicio al señor Álvaro Moisés Ninco Daza, identificado con cédula de ciudadanía (...) en el cargo de embajador extraordinario y plenipotenciario, código 0036, grado 25 de la planta de personal del Despacho de los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la Misión Permanente de Colombia ante el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto”, señala el decreto.

El Consejo de Estado, con ponencia del magistrado de la sección quinta, Omar Barreto, ratificó que Álvaro Moisés Ninco Daza no cumplía con los requisitos para ejercer el cargo de embajador de Colombia en México. Según la decisión del alto tribunal, el ahora exfuncionario carecía de la trayectoria necesaria en la carrera diplomática, además de no contar con un título académico, maestría, o los meses de experiencia en funciones diplomáticas que la ley demanda para dicho nombramiento.
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La corporación también señaló que se violó el derecho de participación ciudadana, ya que no se evaluaron las observaciones presentadas por la Unión de Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular (Unidiplo) —sindicato de la Cancillería— antes del nombramiento.
Una de las solicitudes fue formulada por la senadora Paloma Valencia, del Centro Democrático, y la abogada Adriana Marcela Sánchez, quienes sostuvieron que el nombramiento del embajador estuvo marcado por irregularidades.
“El señor Álvaro Moisés Ninco Daza no pertenece a la carrera diplomática y consultar (...) y no acreditó título de posgrado en cualquier modalidad. En el mismo sentido, el nombrado no acreditó experiencia profesional relacionada, ya que en la página web de la Presidencia se relacionó su experiencia, misma que no se encuentra relacionada con el cargo de embajador extraordinario y plenipotenciario”, señalaron las mujeres públicas.
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Asimismo, se determinó que no se agotó el trámite de publicidad de la hoja de vida de Ninco Daza, lo cual “genera una fractura del principio de la democracia participativa, aspecto fundamental de la Constitución Política”, tal como señaló la ponencia del magistrado Barreto. Esta serie de incumplimientos llevó a la nulidad definitiva del nombramiento, confirmando las irregularidades en el proceso de designación.
Una de las primeras personas en responder al decreto fue el concejal de Bogotá, Daniel Briceño, que expresó en su cuenta de X que, con esta decisión, se ganaba mucho, pero no la mediocridad. Además, mencionó que lo único académico que poseía el exfuncionario era un certificado de asistencia a un modelo de la ONU.
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“A Petro le tocó retirar de la embajada en México a Álvaro Moises Ninco quien asumió ese cargo con un simple certificado de asistencia a un modelo de la ONU en la universidad. Gana Colombia, el mérito y la carrera diplomática. No más mediocridad”, se lee en el post.

A continuación, el decreto que ordena la destitución de Moisés Ninco Daza de su cargo:
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