
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) declaró el lunes 12 de agosto la contingencia por indisponibilidad por fallas en su página web, justo en el primer día de vencimiento de las presentaciones de la declaración de renta, anunciando que mantendrá la contingencia de indisponibilidad hasta el viernes 16 de agosto de 2024.
Por esta razón, la entidad señaló que las personas que les corresponde declarar renta entre el 12 y el 16 de agosto de 2024, podrán presentarla y pagar sin liquidar sanción de extemporaneidad e intereses moratorios hasta el martes 20 de agosto de 2024.
Con estas nuevas fechas, los afectados podrán presentar las declaraciones tributarias y efectuar su correspondiente pago a más tardar al día siguiente a aquel en el que se informe que el servicio digital se encuentra estable, para la presentación y firma de las declaraciones.
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La multa que deberán pagar las personas naturales por no declarar renta el día indicado será equivalente a la suma de diez salarios mínimos, de acuerdo con lo señalado en el artículo 639 del Estatuto Tributario. Por lo tanto, la sanción mínima a pagar será de $471.000 ya que cada Unidad de Valor Tributario cuesta $47.065.
El sistema recibió 113.000 declaraciones; por lo que el alto número de trámites adelantado por los usuarios generó una sobrecarga en los servidores. Si bien, esta continúa con los trabajos en ajustes al sistema para garantizar su óptimo funcionamiento en el menor tiempo posible.

Quién debe declarar renta en agosto 2024
La Dian publicó mediante su página web el calendario tributario correspondiente a 2024, en el que se indica el mes y los últimos dígitos de la cédula de ciudadanía o NIT para declarar renta. Estas son las fechas para personas naturales:
- 12 de agosto: 01 y 02.
- 13 de agosto: 03 y 04.
- 14 de agosto: 05 y 06.
- 15 de agosto: 07 y 08.
- 16 de agosto: 09 y 10.
Los anteriores tendrán el beneficio de poder declarar hasta el 20 de agosto sin penalidad. Los números a continuación, por ahora, sí deben realizar su declaración en las fechas establecidas:
- 20 de agosto: 11 y 12.
- 21 de agosto: 13 y 14.
- 22 de agosto: 15 y 16.
- 23 de agosto: 17 y 18.
- 26 de agosto: 19 y 20.
- 27 de agosto: 21 y 22.
- 28 de agosto: 23 y 24.
- 29 de agosto: 25 y 26.
La declaración de renta, en 2024, es obligatoria para todos los contribuyentes que cumplan cualquiera de los siguientes criterios relacionados con el año gravable:
- Patrimonio bruto que supere las 4.500 unidades de valor tributario (UVT): $190.854.000.
- Los ingresos brutos igualen o superen los 1.400UVT: $59.377.000.
- Los consumos mediante tarjeta de crédito superen los 1.400UVT: $59.377.000.
- El valor total de compras y consumos superen los 1.400UVT: $59.377.000.
- El valor total de consignaciones bancarias supere los 1.400UVT: 59.377.000.

Nueva tecnología para la Dian
El director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), Jairo Orlando Villabona, detalló las acciones implementadas para hacerle frente a las intermitencias en el funcionamiento de la plataforma tecnológica que generó demoras o mensajes de error en los procesos de creación de la firma electrónica y de firma de los documentos para su formalización y posterior cumplimiento con obligaciones como la declaración de renta.
Dentro de esas medidas se cuenta la instalación al interior de la entidad de un Puesto de Mando Unificado -PMU, del que hacen parte las direcciones de Gestión de Impuestos, de Innovación y Tecnología y Jurídica, así como la Oficina de Seguridad de la Información y la Defensoría del Contribuyente y Usuario Aduanero.
“El PMU funcionará de manera permanente, mantendremos el seguimiento minuto a minuto y trabajaremos para garantizar que todos los servidores tecnológicos dispuestos para este proceso estén funcionando a la perfección y a total capacidad, en el menor tiempo posible”, explicó el funcionario.
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