
En la mañana del lunes 8 de abril, el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, anunció la firma de un decreto con la que se aplicaría una de las medidas planteadas en la reforma a la salud, que la semana pasada se hundió en el Congreso: el giro directo a los prestadores de salud, eliminando la intermediación de las EPS.
“Desde hace mucho tiempo las IPS vienen solicitando la posibilidad del giro directo, es uno de los primeros temas. El Ministerio de Salud acaba de firmar el decreto y ya lo estamos comunicando al Ministerio de Hacienda y Planeación Nacional, ellos deben atender esta solicitud, de las clínicas y hospitales que consideran que el giro directo es algo importante para mantener sus finanzas sanas”, expresó el jefe de cartera, y añadió que al decreto le falta el aval de otras entidades del Gobierno y la firma del presidente Petro.
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Dentro del decreto, la cartera de Salud define los porcentajes y las condiciones para el giro directo correspondiente a la Unidad de Pago por Capitación (UPC) del régimen contributivo, que es el monto reconocido anualmente por cada afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) con el objetivo de financiar los beneficios del Plan Obligatorio de Salud (POS).
También definió los porcentajes para los Presupuestos Máximos, que consiste en el pago por los servicios y tecnologías que no están cubiertas por la UPC debido a dudas sobre su inclusión en la cobertura, fluctuaciones importantes en sus costos o porque corresponden a servicios sociales complementarios exigidos por orden judicial.
De acuerdo con el decreto, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, Adres, será la encargada de efectuar los giros a las clínicas y hospitales en nombre de las EPS y las entidades obligadas a compensar a las IPS, así como a los proveedores de las tecnologías para la salud, los valores y porcentajes respectivos. Las entidades que cumplan con el requisito de tener un patrimonio adecuado recibirán un porcentaje equivalente al 80% del valor de la UPC perteneciente al proceso de compensación respectivo.

En situaciones donde la entidad esté bajo medidas de vigilancia especial, intervención administrativa o en proceso de liquidación, se aplicará un porcentaje equivalente al 80% de las UPC reconocidas, después de efectuar las deducciones correspondientes a los descuentos aplicables en cada caso.
Por otro lado, si se opta por el giro directo mediante una elección voluntaria, el porcentaje asignado será del 80% del valor de la UPC.
Por su parte, el director de la Adres, Félix León Martínez, indicó que se prevé la entrada en vigor del decreto dentro de los próximos tres meses, aunque no descarta la posibilidad de una implementación anticipada.
El funcionario destacó que la medida afectará al 80% del régimen subsidiado y a las EPS del régimen contributivo que no cumplan con los requerimientos de capital. Asimismo, aseguró que todas las entidades, independientemente de su tamaño, recibirán sus pagos de manera puntual y se garantizará la cobertura total de los presupuestos máximos.

“El giro directo es un anhelo de todos porque en alguna forma de garantizar un flujo mensual de recursos a las redes de prestación de servicios de cada EPS. Si bien el giro será postulado por las EPS, por sus interventores, cuando es el caso, es una especie de nómina que debe incluir a todos los hospitales y clínicas que le prestan servicio a esa EPS”, dijo Martínez.
La reforma a la salud, que no fue aprobada en el Congreso la semana pasada, contemplaba que el Gobierno realizara pagos directos a clínicas y hospitales. Según el proyecto de ley, la Adres se establecía como el único ente encargado de realizar pagos en todo el sistema, destinando fondos directamente a los Centros de Atención Primaria (CAP) y eliminando la intermediación financiera de las EPS.
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