La Procuraduría General de la Nación ha iniciado una investigación contra Diego Sánchez Fonseca, quien fuera director general del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), por presuntas irregularidades en el manejo de proyectos de infraestructura vinculados a la movilidad y al espacio público en el Distrito Capital, financiados mediante recursos de valorización.
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Quiénes son los demás investigados
En el marco de esta investigación, también se encuentran bajo escrutinio Claudia Tatiana Ramos Bermúdez, exsubdirectora general de infraestructura; Juan Carlos González Vásquez, exdirector técnico de gestión contractual; Jaime Augusto Bermúdez Díaz, subdirector técnico de ejecución; Denice Bibiana Acero Vargas, exdirectora técnica de construcciones; Ginna Paola García Bohórquez, abogada de la dirección técnica de gestión contractual; José Félix Gómez Pantoja, exdirector técnico de proyectos (e); los contratistas Miguel Angel Botero Gómez y Ariel Alberto Corredor Gómez de MAB Ingeniería de Valor S.A.; y Juan Carlos Guio Ávila, prestador de servicios de la dirección técnica de proyectos.

Este conjunto de investigaciones nace ante la evidencia de obras inconclusas y abandonadas en Bogotá, así como demoras en la ejecución de proyectos con un presupuesto aproximado de $18.000 millones, que presentan problemas de diseño y construcción. Asimismo, se cuestionan las prácticas en la supervisión e interventoría de dichas obras.
La Procuraduría ha ordenado la revisión de 14 contratos adicionales, sospechando que estas obras pueden estar en situaciones similares y financiadas con los mismos recursos de valorización. Se destaca que, de las 15 construcciones revisadas, solo una ha sido completada en su totalidad, mientras que las demás permanecen inconclusas o en estado de abandono.
En consecuencia, se han solicitado pruebas adicionales para aclarar estos hechos y determinar si se configuraron faltas disciplinarias por parte de los implicados en estas irregularidades.
Qué sanciones podría imponer el ente de control

La Procuraduría General de la Nación, como ente de control en Colombia, tiene la función de ejercer vigilancia sobre la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas, incluidos los servidores públicos electos popularmente, excepción hecha de aquellos que pertenecen a la rama judicial. En el contexto de la investigación a Diego Sánchez Fonseca, exdirector del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), por presuntos incumplimientos y conductas irregulares en proyectos de infraestructura en Bogotá, las sanciones que la Procuraduría está facultada para imponer abarcan desde llamados de atención hasta sanciones más severas.
Entre las sanciones disciplinarias que la Procuraduría podría aplicar se encuentran:
- Amonestación escrita: Esta se considera como una sanción leve que busca reprender la conducta del funcionario sin generar mayores consecuencias en su carrera.
- Suspensión: Implica el cese temporal del cargo sin derecho a recibir remuneración. La suspensión puede durar desde unos pocos días hasta 12 meses, dependiendo de la gravedad de la falta.
- Destitución e inhabilidad para ejercer cargos públicos: Consiste en la separación definitiva del cargo y la prohibición de ocupar cualquier función pública, ya sea por elección popular o designación administrativa. La inhabilidad puede ser temporal, por un período determinado, o perpetua, dependiendo de la gravedad de la falta cometida.
- Multa: Puede ser impuesta como sanción pecuniaria, cuyo valor se determina en función de diversos criterios establecidos por la ley.

En el caso de Diego Sánchez Fonseca, la gravedad de las sanciones dependerá de los resultados de la investigación y la demostración de la culpabilidad en las irregularidades atribuidas. La Procuraduría evaluará la naturaleza de las faltas, el daño causado al patrimonio público, la intencionalidad y cualquier otra circunstancia agravante o atenuante. La finalidad de estas sanciones no es solo sancionar al implicado, sino también prevenir futuras conductas irregulares en el ejercicio de la función pública y proteger la moralidad administrativa.
*Esta nota fue hecha con ayuda de inteligencia artificial
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