
El martes 6 de febrero de 2024, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) citó a nueve exfarc para que rindan versión libre por el caso del atentado en el Club El Nogal en Bogotá.
Luego de fijar las audiencias para el 12 y 13 de agosto, el antiguo secretariado de las Farc envió una carta al presidente Gustavo Petro expresándole su preocupación por lo que han considerado “incumplimento” de la JEP al Acuerdo Final de Paz, firmado en 2016.
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La misiva fue firmada por Rodrigo Londoño, Pablo Catatumbo, Pastor Alape, Rodrigo Granda, Julián Gallo, Joaquín Gómez y Jaime Alberto Parra, que lideraron las negociaciones de La Habana por parte de la guerrilla. En el texto aseguraron que la JEP incumplió el principio de legalidad porque los comparecientes podrían ser condenados varias veces en los casos abiertos, por lo cual advirtieron que podrían apartarse de la jurisdicción.
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Además, señalaron que por el número de investigaciones lideradas por la JEP, once en total con la apertura del caso del atentado al Club El Nogal, no alcanzaría el tiempo de existencia del tribunal.
Al respecto, la Corporación Excelencia en la Justicia salió en defensa de la JEP y, a través de un comunicado, envió un fuerte mensaje a antiguo secretariado de las Farc:
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“Resulta inadmisible que los firmantes del acuerdo y los comparecientes, así como cualquier ciudadano, intenten influir en la forma en que la JEP debe cumplir con su mandato constitucional. No pueden entonces los procesados utilizar a la jurisdicción como un cajero automático que profiere sus decisiones acordes a lo que pretende el solicitante.”
En este sentido, la Corporación Excelencia en la Justicia considera que “atribuir el cumplimiento de las obligaciones de los comparecientes exclusivamente al actuar de la JEP resulta irresponsable, especialmente cuando se trata de casos de reincidencia e incumplimiento a las obligaciones del régimen de condicionalidad, que deben cumplirse para obtener los beneficios que ofrece el sistema de justicia transicional”.
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Finalmente, reiteró su apoyo “irrestricto a la autonomía e independencia de la que gozan las corporaciones judiciales”, incluida la JEP. “Recordamos que cualquier desacato o vulneración de estos principios fundamentales podrán ser denunciados ante organismos internacionales, como la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de magistrados o la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)”, concluyó la CEJ.

La respuesta de la JEP al antiguo secretariado de las Farc
Frente a estas acusaciones por parte de exintegrantes de las Farc, el magistrado Roberto Carlos Vidal, presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz, advirtió que aquellos firmantes del acuerdo que desobedezcan las decisiones judiciales corren el riesgo de perder los beneficios concedidos.
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“Aquellos comparecientes que se aparten de las decisiones de la JEP e incumplan de manera grave sus compromisos están sujetos a la pérdida de los beneficios y a la reactivación de las investigaciones, los procedimientos y las sanciones penales impuestas por la justicia ordinaria”, dijo el togado.
Lo anterior, debido a que la JEP estableció un conjunto de beneficios jurídicos que están sujetos al cumplimiento de un régimen de condiciones que todos los comparecientes deben cumplir; entiéndase fuerza pública, agentes de Estado, terceros y los antiguos miembros de las extintas Farc-EP.
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Así las cosas, según el magistrado Vidal, el propósito principal del tribunal de paz es el esclarecimiento de la verdad y la garantía de los derechos de las víctimas: “La imputación de los crímenes bajo el derecho internacional a los máximos responsables es una obligación constitucional y legal que este tribunal está desarrollando y seguirá cumpliendo con el mayor rigor y transparencia”.
La JEP fue enfática en decir que a los firmantes del acuerdo que se sometieron al tribunal “no les corresponde emitir órdenes ni orientaciones acerca de la manera como la magistratura debe cumplir con su mandato constitucional”.
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