
Tras la polémica que han desatado los gastos de la primera dama, Verónica Alcocer, en sus viajes alrededor del mundo, se conoció que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca estudia poner un alto a la inversión que hace el Gobierno nacional con la esposa del presidente Petro.
De acuerdo con un documento que se dio a conocer, la Procuraduría General de la Nación pidió al tribunal considerar que la primera dama no es una funcionaria por lo que no debería estar recibiendo viáticos y funciones de representación oficial del Estado.
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Al respecto, la senadora opositora Paloma Valencia se pronunció con una publicación en su cuenta de X (antes Twitter) en la que pidió que se le exija al Gobierno de Gustavo Petro detener el gasto con la primera dama.
En su mensaje, Valencia también se refirió a las críticas que recibió el expresidente Iván Duque por los gastos en su gobierno y aseguró que Gustavo Petro ya ha gastado más que el cuatrienio de su antecesor.
“Importante observar si la rama judicial puede exigirle autoridad al gobierno Petro. Criticaban al presidente Duque y ya han gastado en este año y medio más de lo que el anterior gobierno gastó en los 4 años”.
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Qué le piden al Tribunal de Cundinamarca
En un concepto de 19 páginas, el Ministerio Público llamó la atención del tribunal para que evalúe el papel de Verónica Alcocer en el Gobierno nacional, pues al no ser servidora pública, no puede recibir viáticos ni nombramientos de representación.
Es menester acotar que en enero de 2023, el presidente de la República designó a su esposa como embajadora en una Misión Especial ante el Vaticano, en la que extendió una invitación al papa Francisco para que visitara Colombia.
El nombramiento fue confirmado en el concepto 015491 de 2020 emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública (Dapre), aunque se destaca que la primera dama no ostenta el carácter de servidora pública y no forma parte del Departamento.
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Aun así, la primera dama se podrá seguir desempeñando en las actividades asociadas a su rol como cónyuge del presidente de la República, pues está en plena capacidad de asistir y colaborar en tareas protocolarias, tener iniciativa en asistencia social, participar en labores de beneficencia pública y realizar actividades análogas.
De acuerdo con la Procuraduría, aunque el presidente dirige las relaciones internacionales del país y es el encargado de nombrar los cargos diplomáticos, un acto legislativo vigente desde 2015 prohíbe a cualquier servido público nombrar parientes en puestos.
Al respecto, la Constitución Política en el artículo 126 explica que “Los servidores públicos no podrán nombrar como empleados a personas con las cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, o con quien estén ligados por matrimonio o unión permanente. Tampoco podrán nombrar ni postular como servidores públicos, ni celebrar contratos estatales, con quienes hubieren intervenido en su postulación o designación, ni con personas que tengan con estas los mismos vínculos señalados en el inciso anterior”.
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Por tal motivo, la Procuraduría General de la Nación aseguró que Verónica Alcocer no debe asumir ese tipo de roles como, por ejemplo, su visita como representante al Vaticano; como tampoco, recibir viáticos que corresponden a los de una funcionaria del gobierno.
Tras analizar las evidencias, el procurador 135 judicial para asuntos administrativos de Bogotá, Juan Carlos Villamil, emitió una opinión en la que aseguró que: “El señor Presidente de la República infringió la normatividad vigente, pues al ser un servidor público y actuar en ejercicio de sus funciones, expidió un decreto en el que designa o nombra como Embajadora de Misión Especial a su esposa, Verónica Alcocer, persona con la cual está ligada por matrimonio o unión permanente”.
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